Juan Goti Ordeñana
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Hay en la realidad social de estos tiempos muchas cosas difíciles de comprender, pero ninguna como la sin par salida del juez Garzón. Hablo de la providencia de 28 de agosto de 2008, por la que oficia a innumerables entidades públicas y privadas, para que informen a las personas que él envíe de las muertes violentas, desapariciones, enterramientos anónimos y exhumaciones presuntamente incontroladas hasta ahora, por lo que el jurista Horacio de la Oliva extrañado exclama: «Escribo porque, como ciudadano y como jurista, me parece que no debo pasar en silencio un episodio judicial de grave ilegalidad y de aún más grave tolerancia del abuso de poder».
Son muchas las razones por las que no tiene ni pies ni cabeza, desde el punto de vista procesal, esta pretensión del referido juez. Aunque es cierto, que si Garzón se siente historiador puede hacer una investigación sobre todos los hechos que se presumen en su providencia, y sobre cualesquiera otros de la historia. Pero que lo haga como una labor privada, de la que es libre toda persona que quiera entrar en este tipo de estudios, si es por su cuenta y riesgo, no con recursos del Estado, mandando a la Policía Judicial a recoger datos, y, además, teniendo en cuenta, que las personas a quienes pregunte tienen plena libertad para facilitarle datos o no. Lo que no puede hacer es urgir mediante una actuación judicial y utilizando los medios públicos que le concede su función de juez.
Pero parece que se ha propuesto llevar esta acción utilizando el derecho procesal, lo que constituye tal incoherencia que hace dudar del juez. Y por si fuera poco, a quien primero dirige el requerimiento es a la Conferencia Episcopal Española, para que comunique a las parroquias que permitan el acceso a la Policía Judicial que él designe, con la finalidad de identificar las posibles víctimas desaparecidas a partir de cierta fecha, y lo hace en virtud de lo que el Centro Documental de la Memoria Historia informa en fecha 14 de agosto de 2008. Se ha dirigido a quien debe saber que por sus estatutos no tiene poder sobre las diócesis, que son independientes en sus actuaciones y mucho más en la administración de las parroquias. ¿Cómo esta ignorancia de un juez? ¿Es que no sabe que la Conferencia Episcopal Española no tiene facultades en esta materia? Item más, ¿es que no sabe que los registros de las parroquias no llevan libros de desaparecidos, sino sólo de las personas que se han enterrado en su cementerio? Y lógicamente éstos, los enterrados en el cementerio, no son los que le interesa requerir a las parroquias porque ya las tienen sus familias. ¿Qué puede buscar con esta petición de muertes violentas, desapariciones, enterramientos anónimos y exhumaciones presuntamente incontroladas, sino acusar a la Iglesia?
Además, el procedimiento judicial, con el que debe actuar un juez, tiene unos elementos precisos que no pueden faltar, como son los sujetos, el objeto, la competencia y un proceso por cauces claramente definidos, pues bien ninguno de estos elementos se cumplen en este caso.
En primer lugar, como enuncia la providencia, no hay ningún sujeto a quien incriminar, esto es, que pueda figurar como acusado, ya que en este caso han muerto todos los posibles acusados y no hay a quien citar en el juicio para que siente en el banquillo. O mejor dicho, si hay uno que es Santiago Carrillo sobre quien pesan las matanzas de Paracullos, hechos fáciles de probar, por lo que sí quiere, ahí tiene una persona a quien incriminar, porque estuvo implicado en estos crímenes. Y aun más, no hace mucho se presentó escrito de acusación contra él, como presuntamente implicada, por lo que se podía introducir una causa. Pero no, el mismo juez Garzón se negó a admitirla. Y si negó a esta causa, cuando ahí están los crímenes. ¿Cómo va ahora a introducir una causa sin ningún acusado? Realmente produciría risa estas pretensiones, si no fuera que el Gobierno apoya su actitud, aduciendo la buena intención del juez para cerrar heridas históricas ¿Es que el Ejecutivo no lo ha intentado con su Ley de la Memoria Histórica para que venga ahora a incitar a un juez en lo que él está fracasando? Es deseable que desde el Estado no se confunda el ejercicio de la potestad jurisdiccional con un paliativo histórico-social.
En segundo lugar, hay un error no menos rechazado en el proceso como es la «inquisitio generalis», es decir, la falta de concreción del objeto. ¿Cómo no sabe un juez, que un proceso penal tiene que tener como objeto, incluso en su fase inicial de instrucción, un hecho delimitado con apariencia delictiva y merecedor de investigación, y que parezca que tiene una pena? El hecho puede ser simple, complejo o muy complejo pero siempre ha de estar delimitado y con apariencia delictiva. Y lo que aquí pretende el juez es una inquisición general sin fines claros. El proceso es un método de investigación con límites muy definidos, y que proporciona la posibilidad de que todas las partes puedan intervenir posicionándose como acusación o defensa. En este caso no sé si se ha hecho una petición de auxilio judicial, que acaso se ha hecho por algunos sectores, entonces debe limitarse a esa petición, pero repugna la amplitud que el juez propone.
En tercer lugar, a esto hay que añadir, que no puede ser objeto de instrucción este proceso, porque en 1978 hubo una amnistía general, que, según los técnicos, incluía todos los delitos anteriores, también los que se citan en esta providencia, y que fue para poder alcanzar el consenso que dio paso al actual sistema democrático, lo que imposibilita entrar en el estudio procesal de este tema.
Todavía hay algo más, la falta de competencia de la Audiencia Nacional en este tipo de asuntos. Su competencia es extraordinaria y por tanto tiene unos límites muy determinados entre los que no se incluye esta materia. Y si alguien quiere hablar de genocidio, que ningún buen jurista lo haría, es un tema que se sale de su competencia, y tendría que pasar a un tribunal muy especial que no existe en España.
Como conclusión, D. Baltasar Garzón puede hacer como, también, cualquier persona interesada por tener familiares entre esos muertos o desaparecidos, o por simple afición a estudios históricos, una investigación histórica de los fallecidos y desaparecidos, así como dedicarse a trabajar en las fosas comunes y tratar de identificarlos en cuanto resulte posible. Pero debe costearse este trabajo por su cuenta o consiguiendo subvenciones de entidades y fundaciones para llevar a cabo sus pretensiones, pero no es legítimo que esto lo haga por medio de un proceso judicial y valiéndose de su categoría de juez, ni tampoco utilizando los medios judiciales y económicos que le proporciona el trabajo de la Audiencia Nacional.
Enhorabuena por todos los enfrentamientos con esa señora sectaria patológica María Antonia Iglesias, que le ocurre a dicha señora?, pues simple y llanamente que es un estómago agradecido desde los tiempos de Felipe Gonzalez, el referente mafioso, de toda esta clase de personas que han hecho de la indecencia su bandera y su toque de tambor, estos van todos a una como Fuenteovejuna, es lógico, no son nada, la mayoria de ésta gentuza no tienen ni profesión ni oficio y los que lo tienen se han olvidado hasta de sumar, naturalmente de lo que no olvidan es de multiplicar y llevarselo calentito, Sr. Rojo, que lástima de pais que no tenemos futuro, los decentes, los honrados y las gentes que quieren vivir y trabajar en un pais serio, estimado y tenido en cuenta, jamás lo podremos conseguir ya que toda ésta chusma tiene comprado a aquellos que les pueden dar problemas, caso de los militares, con la gestión de Bono, en su dia, les aumentó sueldos y al menos estan más calmados, y asi todo.
Miércoles, 3 de diciembre
C. Bustamante y J.M.Arévalo
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