Amparo Tos Boix
Valencia
Tarea ímproba señora Ministra: hacer cumplir la igualdad entre todos. Pero ¿qué igualdad?; porque, en cuanto a la dignidad del ser humano, todos somos iguales pero, a partir de ahí, hay diferencias afortunadamente insalvables entre hombres y mujeres, y no me refiero solo a las puramente físicas, porque la mujer -constituída físiológicamente en función de la maternidad- tiene un conjunto de cualidades propias de tal misión, que no son –como repiten las feministas- cuestiones de educación que varían según las culturas. Esas cualidades enriquecen a la mujer, las cuales no le impiden, si es su deseo, desempeñar las mismas tareas que los hombres, tal vez con la única limitación de las condiciones físicas, lo que -por otra parte- también sucede entre los hombres.
Además de la igualdad de unos con otros, está el derecho a la igualdad dentro de la persona en sí misma: igual desde el nacimiento hasta la muerte natural; y como los derechos conllevan obligaciones, uno o una no puede “cambiar” de sexo a voluntad: por ejemplo, su compañero de gabinete el Sr. Soria no debería –aunque quisiera- poder llamarse Bernarda por el hecho de ponerse el “rabito” en la “a”.