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Nuevo Registro Civil

Permalink 14.01.10 @ 11:07:08. Archivado en Artículos

El Ministro de Justicia, Francisco Caamaño, aseguró en su primera comparecencia en el Congreso de los Diputados, que la modernización del Registro Civil era un compromiso electoral del PSOE y uno de los objetivos centrales en la política de Justicia para la presente Legislatura. En consonancia con ese planteamiento, el Consejo de Ministros del pasado viernes 8 de enero dio luz verde al anteproyecto de ley que supone un cambio profundo del actual modelo registral, vigente desde 1957.
La norma que ultima el Ministerio de Justicia y que verá la luz en el presente periodo de sesiones, representa un paso decisivo para avanzar hacia el muy necesario objetivo de la modernización de un modelo registral obsoleto que no da respuesta a las necesidades ni de los ciudadanos ni de los profesionales del Derecho; y que, pese a los ímprobos esfuerzos realizados en los últimos años, no permite aplicar las ventajas derivadas del uso de las tecnologías de la información y comunicación.
La futura Ley creará un registro electrónico único, con una base de datos común para toda España, que permitirá el acceso a toda la información hasta ahora disgregada en los 8100 registros municipales y en los 177 registros integrados en las demarcaciones consulares; algo que será posible merced a la reciente culminación del programa Registro Civil en Línea, que ha permitido informatizar y digitalizar toda la información registral acumulada en más 120.000 libros desde 1950 y que ha supuesto una inversión total de 128 m.€ entre 2006 y 2008.
Con el cambio, se pasará del actual registro de hechos a un auténtico registro civil de personas. Esto es, el eje central será la persona, de modo que cada ciudadano tendrá una ficha personal única en la que se inscribirán los hechos y actos que le afecten a lo largo de su vida (nacimiento, matrimonio, filiación, modificaciones judiciales de la capacidad de las personas, etc.); es decir, se tratará de un registro individual donde constará todo el historial civil desde su nacimiento, frente al sistema vigente organizado en cuatro secciones estancas y fraccionado territorialmente.
En concreto, con la inscripción del nacimiento se le asignará un Código Personal de Ciudadanía (CPC) correspondiente a una secuencia alfanumérica, que servirá para todos los trámites que el usuario precise realizar con el Registro Civil; de ese modo los libros tradicionales darán paso a una base de datos electrónica común que garantiza la unidad y seguridad de la información y especialmente la eficacia en la gestión; y que además permite que el ciudadano pueda consultarlo por Internet o realizar trámites en cualquiera de las oficinas del registro civil del país. Igualmente, con la nueva Ley dejarán de expedirse Libros de Familia, que serán sustituidos por certificaciones registrales, que podrán solicitarse personalmente o a través de Internet.
Por otra parte, la modernización del Registro Civil conlleva su desjudicialización, pasando a configurarse como órgano administrativo, dependiente del Ministerio de Justicia y gestionado por funcionarios públicos, cuyas decisiones, lógicamente, estarán sometidas a control judicial. Lo que implica la descarga de los órganos judiciales de una función impropia, de trabajo, permitiendo que éstos puedan dedicarse en exclusiva a su función constitucional de juzgar y ejecutar lo juzgado.
Otra consecuencia positiva es la reducción de las cargas burocráticas y las comparecencias personales; con el nuevo sistema sólo de forma excepcional será necesario acudir personalmente al Registro Civil y la firma electrónica será el elemento esencial en la gestión y custodia del Registro Civil. En esa línea, con la nueva normativa los funcionarios públicos, en el ejercicio de sus funciones, tendrán acceso a la información que obra en el Registro, por lo que ya no necesitarán solicitar certificaciones a los ciudadanos. Y además los centros sanitarios, los Ayuntamientos o los propios órganos judiciales remitirán al Registro Civil por vía telemática la documentación necesaria para inscribir los hechos objeto de inscripción registral.
En otro orden de cosas, el cambio legal en marcha propicia el reconocimiento del derecho al uso de las lenguas oficiales del Estado y que, por ende, los ciudadanos puedan obtener certificaciones en cualquiera de estas lenguas en consonancia con la pluralidad lingüística del Estado. Asimismo se amplía la relación de actos que han de ser objeto de asiento para acomodarse al Derecho civil autonómico.
En definitiva, estamos en la antesala de un nuevo Registro Civil moderno y rápido, que aporta mayores niveles de accesibilidad y eficiencia a las relaciones entre los ciudadanos y la Administración, sin que se resienta la imprescindible seguridad jurídica; y que está en perfecta sintonía con los objetivos del Gobierno que preside José Luis Rodríguez Zapatero para la transformación del servicio público de Justicia contemplado en el Plan Estratégico para la Modernización del Sistema de Justicia 2009-2012.

Carlos González es Diputado del PSOE por Alicante y miembro de la Comisión de Justicia.
http://cgonzalez.info/article/686/un-registro-civil-moderno-y-eficaz


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