El blog de Carlos Corral

¿Cómo queda la religión en el “Tratado de funcionamiento de la Unión Europea” (Lisboa 13-12-7)? [BLOG 90]

11.03.08 | 06:30. Archivado en Derecho internacional eclesiástico
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En el “Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea”, de 13 de diciembre de 2007, a que se llegó en Lisboa y que modifica el Tratado sobre la Unión Europea y el Tratado que instituye la Comunidad Europea, ¿cómo quedan al final tanto la mención de las raíces cristianas como el estatuto de las iglesias? Comprobémoslo siguiendo en síntesis la exposición del Prof. Santiago Petschen [1] .

1. El no reconocimiento explícito de las “raíces cristianas” de Europa.

Cuando se elaboraba el Tratado constitucional de la Unión Europea que con su fracaso dejó paso al Tratado de Lisboa, hubo una fuerte corriente que propugnaba incluir en el Preámbulo del Tratado una afirmación acerca de las raíces cristianas de Europa. Pero el Preámbulo se contentó con evocar “la herencia cultural, religiosa y humanista de Europa”. Cierto que hubiera resultado fácil añadir una mención de las “raíces cristianas”, mas hubiera arrastrado consigo un elemento político-religioso que para una parte de los Estados miembros de la Unión Europea resultaba poco convincente.

De ahí que los Estados miembros de la Unión Europea se posicionaran de forma distinta con independencia —nótese bien— de su relación específica con la religión o iglesia:

*1ª. Optaron por el sí a la mención de las “raíces cristianas” en el Tratado:
- países con relaciones estrechas con la religión: Malta y Eslovaquia (aunque no confesionales).
- países con relaciones de cooperación con la religión: Alemania, Austria, España, Italia, Portugal, Polonia, República Checa, Lituania, Hungría, Luxemburgo.
- países separacionistas: Países Bajos e Irlanda.

*2ª. Optaron por el no a la mención de las “raíces cristianas” en el Tratado:
- países con relaciones estrechas con la religión: Reino Unido, Dinamarca, Finlandia y Grecia (todos ellos confesionales).
- países con relaciones de cooperación con la religión: Bélgica, Chipre, Eslovenia, Estonia, Letonia.
- países separacionistas: Francia.

2. Principios de la Unión Europea para relacionarse con las religiones.

El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea en su artículo 15 ter (que recoge a la letra el artículo I – 52 del Tratado constitucional) muestra una actitud, por parte de la Unión Europea referente a la religión, verdaderamente ejemplar disponiéndose:

“1-. La Unión respetará y no prejuzgará el estatuto reconocido de los estados miembros, en virtud del derecho interno, a las iglesias y a las asociaciones o comunidades religiosas.
2-. La Unión respetará asimismo el estatuto reconocido, en virtud del derecho interno, a las organizaciones filosóficas y no confesionales.
3 -. Reconociendo su identidad y su aportación específica, la Unión mantendrá un diálogo abierto, transparente y regular con dichas iglesias y organizaciones”.

La redacción del artículo no es sólo efecto de las reuniones que tuvieron lugar en el marco de la Convención, sino que es el resultado de mucho más tiempo de trabajo y experiencias. Antes, cuatro precisiones previas.
- Primera, los tratados que fundaron las instituciones europeas no incluyeron ninguna mención a las Iglesias y a las comunidades religiosas.
- Segunda: el cambio se produjo en el Tratado de Ámsterdam, en cuya Declaración nº 11, anexada al Tratado se dispone:

“La Unión Europea respeta y no prejuzga el estatuto del que se benefician, en virtud del derecho nacional, las Iglesias y las asociaciones o comunidades religiosas en los Estados miembros. La Unión Europea respeta igualmente el estatuto de las organizaciones filosóficas y no confesionales”.

Y no resultó fácil llegar al contenido de dicha declaración. Hubo propuestas más ambiciosas por parte de los partidarios de que la cuestión apareciera en el articulado mismo del Tratado.

- Tercera, en el artículo F del Tratado de la Unión Europea se disponía:

“La Unión Europea reconoce el lugar específico de las Iglesias y de las otras comunidades religiosas en los Estados miembros así como en el patrimonio cultural común de los pueblos europeos”.

- Y cuarta: en el artículo 236 del Tratado de la Comunidad Europea se disponía:

“La Comunidad Europea respeta el régimen jurídico propio de las iglesias y de las otras comunidades religiosas en los Estados miembros y la especificidad de sus estructuras internas”.

No obstante, merecen subrayarse y comentarse los tres epítetos utilizados (en el art.15 ter):
- abierto: en cuanto a las personas que puedan tomar parte en él; en cuanto a las materias a discutir; en cuanto a los observadores de dicho diálogo; en cuanto a la difusión de los contenidos tratados y de los resultados obtenidos.
- transparente: se opone a opaco y a poco claro; añade un matiz al significado de abierto: se excluyen los alambicamientos, las complicaciones, las marginaciones, las preferencias furtivas, las sutilezas engañosas.
- regular: se opone a esporádico, a circunstancial y, en cierto sentido, también a informal.
Como se ve, se trata de unas características que conducen a que el diálogo se haga de verdad con sinceridad y honestidad.

3. La relación y el diálogo de la Unión Europea con las diversas comunidades religiosas.
Relación y diálogo que se fueron generando principalmente en la Comisión y en ella siguen tras haberse perfeccionado. La Comisión de la Unión Europea tiene costumbre de realizar un amplio e intenso diálogo con numerosos representantes de los intereses económicos, sociales y culturales...etc.

A.- Pero, ¿cómo pudieron iniciarse y llevarse a término dicha relación y diálogo? Pues gracias a la creación de un instrumento apropiado, cual fue, en un principio, la Célula de Prospectiva (Forward Studies Unit). En dicho diálogo, lo primero que se debe constatar es la ausencia de base jurídica. No había nada prescrito al respecto. A petición de las Iglesias y de las Comunidades religiosas, los presidentes de la Comisión, Delors y Santer, optaron por mantener relaciones informales aunque regulares.

La razón de fondo es que la Comisión considera a dichas representaciones actores de la sociedad civil y factores por expresar cómo es la dimensión ética del proceso de unificación europea. Pues a la Comisión le interesa “el sentido, la orientación espiritual y la dimensión ética de las políticas desarrolladas en este contexto”.

En el año 2001 se produjo una reestructuración de la mencionada célula que pasó a denominarse “Grupo de Consejeros Políticos del Presidente (GOPA)”. El diálogo con las Iglesias y con las organizaciones no confesionales se estructuró diseñando una asociación con seis miembros destacados (que luego fue ampliada), constituyéndose así el foro de debate entre dichos grupos y las instituciones europeas. Esta asociación tiene el nombre de “Un alma para Europa” y es el interlocutor de la Unión con el GOPA. Las asociaciones admitidas al diálogo con el GOPA son las que antes mencionamos.

B.- He aquí la lista de las oficinas más destacables:

- Oficinas católicas. La más importante es la Comisión de los Episcopados de la Unión Europea (COMECE) que representa a todas las Conferencias Episcopales (católicas, obviamente), existentes en Europa. Además, está la Oficina Católica de Información e Iniciativa (OCIPE) dirigida por los jesuitas y otra que representa a la Asociación
Espaces-Spiritualités, cultures et société en Europe” de los dominicos. Otras órdenes e institutos religiosos tienen también sus propias oficinas.
- Oficinas protestantes. Existe una que representa a todos los protestantes cuyo nombre es: “Comisión Iglesia y Sociedad de la Conferencia de las Iglesias Europeas” “Consejo Cuáquero para los Asuntos Europeos”.
- Oficinas ortodoxas: La Oficina que las engloba a todas es la “Oficina de la Iglesia Ortodoxa ante la Unión Europea” existiendo alguna otra como la que representa ante la Unión, a la Iglesia Ortodoxa Griega.
- Oficinas judías: Existe el “Comité Permanente de los Grandes Rabinos Europeos” y la “Conferencia Europea de Rabinos”.
- Oficinas islámicas: La más importante, aunque no represente a todos los musulmanes europeos es el “Consejo Musulmán de cooperación en Europa”.
- Oficinas budistas: Existe una oficina que representa a todo el budismo europeo y que se llama “Unión Budista Europea”.

C.- Un sujeto especialmente relevante del diálogo Iglesias-Unión Europea es la Iglesia Católica.
Su relación con las instituciones europeas es hecha, por una parte, desde el interior del GOPA y por otra, desde fuera dado que la Santa Sede goza de personalidad jurídica internacional y tiene organizada su carrera diplomática en la práctica totalidad de dicha sociedad.

Concluyendo, la verdad es que acabó por encontrarse la fórmula adecuada, a saber, que las autoridades europeas tengan con las confesiones y convicciones un diálogo “abierto, transparente y regular”. En los momentos en que se están realizando importantes intentos para construir una Alianza de las Civilizaciones occidental e islámica, bien fundamentada, la Unión Europea ha descubierto un sistema de presencia de las religiones y convicciones que, por sus características, puede resultar ejemplar

Referencia bibliográfica: “La religión en Europa”: UNISCI Discussion Papers, Nº 16 (Enero / January 2008).

5 comentarios


Los comentarios para este post están cerrados.

Comentarios
  • Comentario por Jaime Navas Castellón 22.09.09 | 12:25

    Uno de los penosos rasgos que nos caracterizan a muchos cristianos es la PASIVIDAD. Gracias a él en la constitución europea no quedará registro escrito de la importancia que el Cristianismo ha tenido para la formación de los pueblos y naciones de Europa. Los cristianos no parecen ser mayoritariamente personas de "izquierda" ya que ésta, la izquierda, si se mueve, clama, protesta, se manifiesta, critica, etc y gracias a ellos sus ideas y premisas prevalecen sobre una mayoria silenciosa y pasiva que se deja hacer. La gran pregunta es: Si Jesús, nuestro líder, fue de todo menos pasivo, ¿De quien hemos heredado y aprendido esta conducta tan poco activa que tanto nos perjudica en todo lo que debe figurar como Cristianismo?. ¿No tendrá una gran culpa la mayoria de los padres de nuestra Iglesia que nos han impreso conductas tan llena de prevenciones, silencios, cautelas, etc?

  • Comentario por virjinea 07.04.08 | 13:21

    gopa de mondo kero gopa como to


  • Comentario por Álvaro 19.03.08 | 22:09

    Gracias por esta información tan útil y detallada. Sobre el fondo del asunto, debatir SOLO sobre las raíces cristianas de Europa es caer en la trampa urdida por el cristianismo para hacer olvidar las otras y verdaderas raíces de Europa, que son a su vez las raíces del cristianismo: es una realidad histórica innegable que el cristianismo no aportó NADA nuevo al acervo cultural y religioso que existía en el siglo I. Todo lo que es el cristianismo estaba ya en el la filosofía griega, en el helenismo tal como existía entonces, en el judaísmo, en las religiones mistéricas.. y hasta en el derecho romano, pero la Iglesia se empeña en proclamarse original y verdad única, después de haber perseguido a las demás tras apropiarse de sus frutos. En su mensaje puede haber algo de bueno, pero desde luego no es nuevo o. Menos mal que los historiadoras están poniendo las cosas en su sitio, ya era hora.


  • Comentario por Jaime Navas Castellón 11.03.08 | 18:17

    Aunque se quiera silenciar por todo aquellos, que hoy son muchos, que desean hacer desaparecer las creencias cristianas de la faz de Europa, las raices cristianas de este Continente han sido la parte mas importante de su devenir como pueblos que la han conformado. Su historia es parte de la historia de la Cristiandad y conste o no ewn la consdtitución europea, europa ha sido el Continente de la civilación de la cristiandad.

  • Comentario por Javi 11.03.08 | 13:50

    Gracias por esta información clara y útil. Ahora sólo nos queda saber cómo se hacen realidad esos principios en cada caso, especialmente el nuestro

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