El blog de Carlos Corral

El “porqué” del micro Estado de la Ciudad del Vaticano [11º]

13.06.06 | 08:34. Archivado en Derecho internacional eclesiástico
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Es la cuestión que me han planteado lectores del anterior Blog y que yo mismo me planteé ante mis alumnos con ocasión de tener que explicar por el año 1980 la asignatura de “Organizaciones Internaciones [gubernamentales]” en la Facultad de Ciencias Políticas (universidad Complutense).

1.- El “porqué” de un territorio independiente.* Fue a los estadistas a quienes se les planteó la cuestión y, por cierto, como cuestión primordialmente política e internacional, por más que en raiz sea de orden espiritual. En efecto, es, ante todo, la soberanía espiritual del Primado, que se ejerce sobre una comunidad de fieles de ámbito universal, la que en el fondo impuso a los propios estadistas, lo mismo católicos que protestantes, la exigencia de que el Romano Pontífice no fuera súbdito de Estado alguno. Así lo hizo constar Napoleón I: “El Papa debe estar en Roma... El Papa no es aquel que puede estar en Berlín o Viena: es el que está en el Vaticano y no es como si estuviese en París. ¿Acaso, si el Papa estuviese en París, los vieneses o los españoles seguirían sus decisiones?, y yo ¿le seguiría si estuviese en Viena o en Madrid?”.

Años más tarde, cuando ya se estaba fraguando la unidad italiana desde la casa de Saboya, fue otro emperador francés, Napoleón III, quien lo planteó con la máxima claridad en el folleto Le Pape et le Congrès, bajo el seudónimo de Laguéronnières: “El poder temporal ¿es necesario al Papa para el ejercicio de su poder espiritual? —se preguntaba—. La doctrina y la prudencia de Estado responden concordemente de forma afirmativa. Desde el punto de vista religioso es necesario que el Cabeza supremo de 200 millones que rige las almas pueda, sin estar atado a ninguna dependencia, extenderse por encima de todas las pasiones humanas. Si fuera un soberano dependiente, sería entonces francés, austríaco, español o italiano, y el carácter de su nacionalidad le quitaría el carácter de su soberanía espiritual universal (...). Para Inglaterra, Rusia y Prusia, como para Francia y Austria, es de importancia que el representante de la unidad católica no padezca coacción ni esté sometido ni sea súbdito. Roma es el punto central de un poder moral tan universal que no puede menos de ser de interés para todos los gobiernos y para todos los pueblos el que descanse sobre una roca constantemente inmutable, sobre la sagrada roca a la que ninguna sacudida humana pueda derrocar”.

** Por parte del Imperio alemán, el Príncipe von Bismarck afirmaba más secamente ante el embajador inglés Loftus, el 2 de noviembre de 1867, que “el cabeza de la Iglesia católica jamás podía ser súbdito de Príncipe alguno”.
A pesar del entramado de intereses de las Potencias, entrecruzándose con las aspiraciones del catolicismo y del Papa, hay una exigencia fundamental requerida paladinamente por los estadistas: que la actividad del Romano Pontífice fuera absolutamente independiente de cualquier gobierno político. Por ello, ningún gobernante europeo ni americano, sea de Austria o Alemania, sea de Francia, España..., está dispuesto a consentir que sus respectivas políticas se encuentren mediatizadas por el Gobierno italiano a través de un Papa que fuera súbdito suyo. Con una agravante, que, de ser así, esos mismos gobernantes encontrarían razón suficiente para intervenir una vez más en el Reino de Italia, si juzgaran que el Papa, siendo súbdito de Italia, se desmandaba enviando a los católicos súbditos de ellos órdenes contrarias a las propias.

2. El cuánto de territorio Pero ¿cuánto de territorio independiente hay que ofrecer y asegurar para garantizar esa independencia (o soberanía) espiritual y hacer efectivo ese no ser súbdito de poder alguno? Se impone, pues, pasar de la exigencia fundamental a la exigencia instrumental. Y aquí comienzan a distanciarse las actitudes de los Estados y del catolicismo entre sí.
Desde Francia, Napoleón III propone con meridiana claridad la cuestión y la solución —la suya— en el mencionado fascículo Le Pape et le Congrès: “Desde el punto de vista del doble interés de la Religión y del Orden Político de Europa está clara la necesidad del Poder temporal del Papa. Pero ¿cuál tiene que ser este Poder en sí y para sí?, ¿cómo puede compaginarse la Autoridad Católica fundada sobre el dogma con la Autoridad convencional fundada sobre las costumbres públicas, los intereses humanos y las necesidades sociales?, ¿cómo puede el Papa ser a la vez Sumo Sacerdote y Rey?, ¿cómo puede el hombre del evangelio, que perdona, ser el hombre de la ley que castiga?, ¿cómo puede el Cabeza Supremo de la Iglesia, que excomulga a los herejes, ser el Cabeza Supremo del Estado, que protege la libertad de conciencia?. El poder del Papa sólo puede ser un Poder paternal; tiene que parecerse más al de una familia que al del Estado. Por ello, no sólo es necesario que su territorio sea tan extenso, sino que nosotros sostenemos como esencial que sea limitado. ¡Cuanto menor sea el territorio, tanto mayor será el Soberano!”.
Y más adelante continuaba: “Por tanto, el Poder temporal del Papa es necesario y legítimo, pero inconciliable con un territorio tan extendido en cierto sentido. Es solamente posible a condición de que esté despojado de todas las condiciones ordinarias del poder estatal, es decir, de todo lo que afecta a su eficacia, desarrollo y progreso. Dicho poder tiene que existir sin ejército, sin representación legislativa y, por así decirlo, sin Código de Justicia”.
Bismarck, por su parte, sostenía (en la antes citada entrevista con el embajador inglés Loftus) que “el Papa tenía que ser un soberano independiente, aunque tan sólo fuera poseedor de 10 o 100 hectáreas del Oriente. El cabeza de la Iglesia católica no puede ser súbdito de Príncipe alguno

3. El cómo del territorio Entre las actitudes: la maximalista —si no todos los Estados pontificios, al menos la ciudad entera de Roma, como quizá pudiera desprenderse de expresiones de León XIII—; y la minimalista —“Territorio, el reino de Italia no puede dar ni restituir ni poco ni mucho”, manifestada por un liberal del centro, Bonghi— ¿no cabría abrir una vía media accesible a ambas partes?
Con ser largo el camino hacia la conciliación -unos sesenta años 19701929- se marcaron ya los primeros hitos a los veinte años siguientes; a los otros veinte, en el siguiente siglo, 1919, que pudieron ser los definitivos, si no fuera porque tuvieron que retrasarse diez años más por mor de la inestabilidad de los gobiernos italianos.

A.- Los primeros bocetos de territorio * Desde Italia, en efecto, el Obispo de Cremona, Mons. Bonomelli, publicaba en la revista Rassegna Nazionale (en 1989) el artículo “Roma, Italia y la realidad de las cosas. Pensamiento de un Prelado italiano”, en el que, ante la imposibilidad de una restitución temporal, abogaba por que la Iglesia debía adaptarse a los tiempos: una conciliación sería posible creándose una miniatura de Estado, fabricándose una ciudad que sería como un Principado de Mónaco o una pequeña República de San Marino o de Andorra a la derecha del Tíber”. El opúsculo fue a parar al Índice y el autor humildemente se sometió.
Hubo que esperar al pontificado de Pío X en que se inicia, por recíproco interés, el deshielo a la vez que el gradual acercamiento entre católicos hasta entonces orillados. Como en Alemania, también como allí, por causa de una tercera fuerza emergente, la de los movimientos socialistas y obreros que surgen arrolladores. Fue en tiempos de Giovanni Giolitti, cuando se logró alcanzar un acuerdo, si bien limitado, entre liberales moderados y el moderantismo clerical.
En esas circunstancias es cuando, por parte de los católicos, comienza a abandonarse por irrealizables las exigencias territoriales que pudieran plantear graves problemas a los gobiernos italianos, tratando de reducir la cuestión romana a la búsqueda y hallazgo de condiciones jurídicas que asegurasen al Pontificado una independencia efectiva ante las Naciones y ante el catolicismo mundial. Una actitud así fue expresada por primera vez por el Arz. de Udine, Mons. Rossi, en el discurso inaugural de la VIII Semana Social de los Católicos Italianos, que se celebraba en Milán el 31 de noviembre de 1913. El discurso –nótese bien—había sido previamente aprobado por Pío.
El paso, y decisivo, se dio ya con Benedicto XV con ocasión de la I Guerra Mundial, cuando por medio del Card. Gasparri se declaraba, el 27 de junio de 1915, que “el arreglo adecuado de la situación no vendría de las armas extranjeras, sino del triunfo de los sentimientos de justicia que augura se difundieran más y más en el pueblo italiano”.
Paso que se concretó en las propuestas de ambos, en junio de 1919, mientras se estaban concluyendo los Tratados de Paz en París que trataban de poner fin a la I Guerra mundial. Como portador de ellas, fue enviado allí el mejor diplomático pontificio, Mons. Cerretti, para exponerlas al Presidente del Consejo italiano, Orlando. La Promemoria del Card. Gasparri comprendía dos principios: la soberanía y jurisdicción plena del Papa sobre el Vaticano y una parte de la Ciudad Leonina hasta el Tíber y la garantía internacional --que según añadía Orlando— “podría conseguirse a través de la Sociedad de Naciones, en la que Italia procuraría introducir a la Santa Sede”.
Pero las Cámaras le retiraron la confianza en cuanto el Presidente Orlando regresó a Roma. Más aún, el Rey Víctor Manuel III se manifestó tan opuesto a cualquier acuerdo con la Iglesia que llegó a decir: “Antes morir que estipular un Concordato”.

** Desde el mundo germánico y por ese mismo período circundante a la I Guerra mundial –no se olvide— se presentaban propuestas que empujaban a meterse por la vía de la conciliación. Especial incidencia habían tenido, creando opinión pública, la propuesta de M. Etzberger, que fue jefe del Centro Católico Alemán, (partiendo de Alemania y desde una perspectiva también alemana), y la del que fue Card. Ehrle jesuita alemán (desde la Biblioteca Vaticana de la que era Prefecto, pero desde la perspectiva pontificia). Ambas propuestas resultaban, además de muy concretas, muy similares a las contenidas en el futuro Tratado de Letrán. En un extraordinario artículo titulado “Benedicto VX y la solución de la cuestión romana” , Ehrle (a quien había de suceder más tarde al frente de la Biblioteca Vaticana, Aquiles Rati –el futuro Pío XI--) pasaba a examen las tres series de soluciones hasta entonces presentadas (internacionalización de la Ley de Garantías, un Tratado internacional entre todas las Potencias, y un arreglo bilateral de Potencia a Potencia) y acababa inclinándose por la tercera. El proyecto consistía en un Acuerdo bilateral entre el Quirinal y el Vaticano y en la comunicación del acuerdo a las demás Potencias, conteniendo la creación de un Estado del Vaticano con base territorial y con unos límites bien definidos.

B.- Las bases del arreglo Parecía, por tanto, que quedaba abierta la vía hacia la conciliación, al menos desde el Pontificado. A la vez, empero, parecía bloqueada la vía por dos prejuicios, elevados a principios irrenunciables por los que hasta entonces habían gobernado Italia: la intangibilidad de la Ley de Garantías (13 de mayo de 1871); y la irreductibilidad a todo intento de reconocer una soberanía territorial, por mínima que fuera, en la Península a la S. Sede.
Superarlos y llegar a la conciliación fue una de las directrices que se marcó Pío XI desde su ascenso al Pontificado (en la primera Encíclica Ubi arcano Dei, del 23 de diciembre de 1922). Con estas disposiciones pudieron abrirse las negociaciones cuatro años más tarde, en 1926. La S. Sede puso como condición que la iniciativa oficial de la negociación partiera del Gobierno italiano, prescindiendo de la Ley de Garantías. Una vez aceptada la condición, las negociaciones se iniciaron el 6 de octubre, y el 24 del mismo mes, el Card. Secretario de Estado Gasparri dejó fijadas las seis bases del arreglo:

“1. La condición en que se quiere poner a la S. Sede ha de responder a su dignidad y a la justicia.
2. Por lo mismo, esa condición ha de ser tal que garantice plena libertad e independencia, no sólo real y efectiva, sino también visible y manifiesta, con territorio de su plena y exclusiva propiedad, tanto de dominio como de jurisdicción, según conviene a toda soberanía, e inviolable en todo evento.
3. Por estos motivos y también por tratarse de intereses que rebasan evidentemente los confines de Italia, es necesario que el nuevo acomodamiento político territorial sea reconocido por las Potencias.
4. Corresponderá al Gobierno italiano el asegurar plenamente ese reconocimiento, al menos de las Potencias europeas con las que la S. Sede e Italia mantienen relaciones diplomáticas, antes de abrir la negociación oficial.
5. Conviene que a la convención política se asocie una convención concordataria que regule la legislación eclesiástica de Italia.
6. Apenas hace falta añadir que la autoridad política y constitucional de Italia, esto es, el Rey y el Parlamento, habrán de aprobar en todo caso los posibles convenios”.

* Por su parte, el Gobierno italiano exigió el reconocimiento de la situación de hecho, a saber, Roma capital del Reino de Italia bajo la dinastía de la Casa de Saboya. Y asumió, a su vez, los compromisos, comenzando por el de tomar la iniciativa y superar los mencionados prejuicios que para el Gobierno distaba de ser insalvables. Respecto al territorio, “por la misma razón histórica y delicadamente civil por la que puede existir la pequeña República de San Marino –hacía explicar el primer Ministro— sin que jamás haya traído la más mínima turbación a la unidad territorial de Italia, se puede en 1928 concebir que surja de nuevo a la orilla del Tïber la limitada soberanía territorial de la Santa Sede”.
** Para facilitar al Gobierno la obtención del reconocimiento internacional de la futura Ciudad del Vaticano, la Santa Sede de forma realista rebajó la exigencia a solas las Potencias europeas y, dentro de éstas, a aquellas relacionadas diplomáticamente con al Santa Sede –con lo que evitaba el tener que acudir a la URSS entonces de Stalin—.
Reconocimiento, por cierto, que para la Santa Sede era de suma importancia: de un lado, el que de forma explícita se admitiera por Italia que la cuestión romana desbordaba las fronteras italianas –esto es, admitir que era un tema intrínsecamente internacional (o transnacional)— y, de otro, que la solución de la política italiana necesitara del reconocimiento internacional de las demás Potencias. De hecho, la Santa Sede buscó también ese reconocimiento expreso en acuerdos bilaterales con los Estados, bien implícito, bien explícito.

En conclusión, la creación y constitución del Estado de la Ciudad del Vaticano no es más que la garantía territorial-estatal de una previa soberanía espiritual sobre una comunidad de fieles de alcance mundial.


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