El blog de Carlos Corral

¿Una vuelta a la ideología de Estado al estilo soviético?

16.03.06 | 13:38. Archivado en Derecho internacional eclesiástico
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Hay un hecho de graves consecuencias el gobierno planea la introducción de la “Formación para la ciudadanía” en la LOE como obligatoria a la vez que trata de empequeñecer la enseñanza de la religión como materia equivalente.De ahí la cuestión: ¿es que por la ley de Educación pretende el gobierno retomar la iniciativa del comunismo en 1917 y del nazismo en 1923 de imponer “una ideología de Estado, e.d. “la ideología de un “nacional-socialismo”? Ahora bien ¿no sería, en el fondo, volver a la ideocracia de los regímenes ideológicos totalitarios de entreguerras de Moscú, Berlín e Italia?

El pasado de los países comunistas europeos: la imposición del materialismo dialéctico como ideología del Estado

Al revés que los Estados occidentales, los Estados inspirados en el comunismo, bajo la apariencia jurídica de la separación, lo que pretendieron fue la implantación del materialismo dialéctico y el sometimiento de todas las personas al mismo. Lejos de crear un sistema separacionista, establecieron el reverso del Estado confesional, e.d. el Estado ateísta.
Porque no puede ser más contraria a la religión, la postura del marxismo. “La base filosófica del marxismo —escribe Lenin— tal como han repetidamente Marx y Engel, es el materialismo dialéctico…, materialismo innegablemente ateo, resueltamente hostil a toda religión”
En efecto, conforme a los principios filosóficos y jurídicos concebidos por Lenin se ordenaron y operaron en consecuencia todos los países comunistas. El modelo cumbre lo formó la Constitución de la Unión soviética reproducida por Rusia Blanca, Ucrania y la República popular de Mongolia, y con palabras equivalentes, por Checoslovaquia, a los que siguieron Albania (arts. 18 y 31), Alemania Oriental, Bulgaria (arts.71,78 y 79) , Corea del Norte , China Roja, Hungría (art.54), Polonia, Rumania (arts. 84 y 85) , Vietnam del Norte, Yugoslavia y, finalmente, Cuba.
Principios constitucionales suyos fueron: primero la separación de Iglesia y Estado en sus relaciones de conjunto como sociedad en la educación, en el matrimonio y en la familia; segundo, la libertad de conciencia y de religión Rusia incluye la propaganda antirreligiosa (Unión Soviética (art. 124), Rusia Blanca (art.99), Ucrania (art.105), Mongolia (art.81) y en Checoslovaquia (art.28 y 32) la libertad de propaganda antirreligiosa.
He aquí como resultó plasmado el sistema separacionista en la Constitución rusa de 1936 (art.124):
“A fin de asegurar a los ciudadanos la libertad de conciencia, la Iglesia, en la URSS, está separada del Estado, y la escuela de la Iglesia. Se reconoce a todos los ciudadanos la libertad de cultos y la libertad de propaganda antirreligiosa”.
Y así lo fue así desde 1918, en que por Decreto de 23 de enero, se puso fin al sistema de Iglesia oficial del Estado, la Ortodoxa. Con ello, la URSS impuso el marxismo (materialismo dialéctico) como sistema confesional de ateismo de Estado siendo seguido por los Países socialistas de Europa y del mundo plasmado en sus Constituciones pretéritas vigentes hasta 1989. De paso, nótese bien la doble separación: la de la Iglesia respecto al Estado, y la de la religión respecto a la escuela. Ambas separaciones estrechamente unidas entre sí.

El presente de los Países liberados de la URSS[1]: se prohibe la ideología de Estado.

Al derrumbarse el muro de Berlín y el bloque soviético, ¿qué actitud han tomado desde entonces todos estos Países?

Primero fue Rusia (Federación Rusa), que con dos leyes transcendentales (Ley 1/1990 de 1 de octubre de la URSS sobre la libertad de conciencia y organizaciones religiosas y la Ley de 1990 de la República Rusa sobre libertad de religión) abrió en la Unión Soviética, por un lado, la vía a la existencia como personas jurídicas a las Confesiones religiosas y abrogó, por otro, la normativa precedente opresora de la libertad religiosa, mantenida durante siete décadas: la de la ex-URSS, que se extendía a todo el territorio imperial, y la de Federación Rusa, que comprende sólo el territorio de ésta[2].
Ambas surgieron como exigencia ineludible de los principios asentados en la Perestroica, a nivel interno, y de los compromisos asumidos, a nivel internacional, por la URSS ante las Naciones Unidas y, muy especialmente, ante La Conferencia para la Seguridad y Cooperación en Europa.
En su consecuencia y partiendo del art. 52 de la Constitución de la URSS (hasta su hundimiento, el 25-12-1991), en la nueva Constitución de la Federación Rusa (12-12-1993, art. 14) se declara que ésta “es un Estado laico. Ninguna religión puede ser instituida como religión de Estado o como obligatoria” (n.1) y determina que “las asociaciones religiosas están separadas del Estado y son iguales ante la Ley” (n.2).
A continuación, como derecho fundamental (art.28) “Se garantiza a todo ciudadano la libertad de conciencia y de religión, incluido el derecho de profesar profesa individual o colectivamente cualquier religión o no profesar ninguna, a elegir, tener y difundir libremente sus convicciones religiosas o creencias, y actuar conforme a ellas”.
Pero lo más importante es que previamente se estableció que “Ninguna ideología podrá ser implantada como ideología del Estado o como obligatoria” (art.13.2). Es justo el reverso de la actitud constitucional anterior tan largamente mantenida.
Ejemplo que siguió de inmediato Rusia Blanca (Belarus), en su Constitución de 1-3-94, estableciendo que “no será obligatoria para los ciudadanos ni la ideología de los partidos políticos, ni la de asociaciones religiosas o de cualquier otro tipo, ni la de los grupos sociales” (art.4,2). En su consecuencia, aparte de la libertad religiosa (art.31 cf. 4,2, y 33,1-2) y de la igualdad de todas las creencias, no se permite el establecimiento de privilegios o restricciones respecto a un determinada religión o creencia” (art. 16,1).

En Ucrania, la nación y el pueblo ucranianos, “conscientes de su responsabilidad ante Dios, ante nuestra conciencia y ante las generaciones pasadas, presentes y futuras” (Constitución de 28-6-1996, Preámbulo), declaran que “ninguna ideología será reconocida por el Estado como oficial” (art.15,2) como tampoco “ninguna religión será reconocida por el Estado como oficial” (art.35,3). Las dos prohibiciones a la vez: ni ideología de Estado ni tampoco religión de Estado.

Así mismo Moldavia (Constitución de 29-7-1994, aparte de que “Ninguna ideología será declarada como ideología oficial del Estado” (art.5), garantiza la libertad religiosa y las confesiones religiosas son libres para organizarse de conformidad con sus propios estatutos” (art.31,2), y “el Estado facilitará la asistencia religiosa en el ejército, hospitales, establecimientos penitenciarios, asilos y orfanatos” (n.3).

E igualmente, En Bulgaria —donde la mayoría (7.00.000 de etnia búlgara) se declaran cristianos ortodoxos; 8 o/o musulmanes y 4 o/o católicos y protestantes— “Ningún partido político o ideología puede ser proclamado o confirmado como partido o ideología del Estado […] (art.11,2). Además, las confesiones religiosas serán libres y estarán separadas del Estado (art.13,1 y 2); no obstante, la Cristiandad Ortodoxa será considerada como la religión tradicional en la República (según la Constitución de 1991, art.13,3).

*** Escarmentados por la imposición de una “ideologia” de Estado en la URSS a lo largo de setenta años y en los Estados comunistas de Europa por casi cincuenta años, la nueva asignatura “Formación para la Ciudadanía”, que como obligatoria intenta imponer el gobierno socialista actual, no puede menos de aparecer, dado el talante del ejecutivo, como una nueva ideología de Estado en contraste con la actitud de todos los Estados egresados del comunismo en Europa.

1 comentario


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Comentarios
  • Comentario por miguel angel 18.03.09 | 14:42

    Buenas, alguien me podria enviar la constitución rusa de 1918, no soy capaza de encontrala por ningun lado.
    muchas gracias a todos

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