El Tribunal Supremo desestima la pretensión de Galindo de anular una comisión informativa
04.04.07 @ 18:24:58. Archivado en Política, Notas de Prensa
4.04.07 Nota de Prensa Ayuntamiento de Boadilla del Monte
La Sala 7 de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado la pretensión Ángel Galindo, de que se anulen los acuerdos adoptados en la Comisión Informativa de 15 de junio de 2001, por no haber sido convocado a la misma. A la citada comisión fue convocado uno de los concejales que se habían pasado al Grupo Mixto, Antonio Samos, pero no los dos.
La nota de prensa remitida por Ángel Galindo Álvarez habla de que el Ayuntamiento y el alcalde han sido condenados, pero olvida el pequeño detalle de decir a qué ha sido condenado. Lógicamente no lo dice porque no existe condena alguna. Simplemente se dice que los concejales debieron de haber sido convocados a la comisión, pero no existe condena alguna. Ni tan siquiera se les hacer pagar las costas del juicio.
Por otro lado, la decisión adoptada por el equipo de gobierno se ajusta a la perfección a la actual Ley 57/2003 de 16 de diciembre de medidas para la Modernización del Gobierno Local consecuencia del denominado "Pacto Anti-Transfuguismo, por la que se crea la figura del concejal no adscrito. Esta figura fue creada para evitar que los concejales tránsfugas pudieran obtener ventajas o derechos superiores a los que tenían en su grupo de procedencia.
Los ex concejales Ángel Galindo Torres y Antonio Samos González abandonaron el grupo Los Verdes - Grupo Verde, por el que habían sido elegidos en las elecciones de 1999, incurriendo con ello en un caso claro de transfuguismo. No era la primera vez que Ángel Galindo hacía esto ya que con anterioridad había formado parte del PSOE y de IU.
El equipo de gobierno aplicó de forma pionera las medidas derivadas del pacto antitransfuguismo, que fue recogido con posterioridad por la Ley, a fin de evitar que concejales electos en listas de formaciones políticas obtuvieran ventajas políticas y económicas que nos les correspondían al haber abandonado el grupo por el que fueron elegidos.
La intención real de Ángel Galindo con esta demanda no ha sido la de reclamar unos derechos de participación sino de la lograr la anulación de los acuerdos adoptados en la citada Comisión Informativa, ya que son de sobra conocidos sus intereses urbanísticos. Esta pretensión ha sido desestimada por el Tribunal Supremo.
Hasta en cinco ocasiones Galindo ha obtenido la misma respuesta por parte de los distintos tribunales a los que ha llevado esta solicitud: "Tal petición, formulada en esos términos, no puede ser acogida. El caracter genérico con que se expresa no lo permite porque se presta a provocar consecuencias desproporcionadas, en especial, dado el tiempo que ha transcurrido y el hecho de que el mandato de la corporación que protagonizó las actuaciones expiró en mayo de 2003".
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