
Ver a los líderes sindicales metidos en harina, haciendo planteamientos concretos y firmes, no puede menos que producirnos alegría. El pasotismo injustificado de los últimos tiempos causaba decepción; por contra, el posicionamiento valiente de Cándido Méndez ante el líder de los empresarios Gerardo Díaz Ferrán más proclive ahora a escuchar o, las propuestas cabales y certeras de Ignacio Fernández Toxo, permiten respirar hondo, más motivados ante un tiempo nuevo con visos de renovación.
Por fin, despierta la inquietud realista por dar verdadera solución a los problemas del mercado de trabajo, en conjunción con los cambios de cultura, ya sean referidos a las modalidades de empleo al uso, ya lo sean al modelo productivo propiamente dicho.
El anuncio, a modo de señuelo, planteado por la Vicepresidenta Elena Salgado, sobre la implantación de modelos normativos de otros países, en materia de contratación parcial, ha abierto un debate necesario, respecto de la busqueda de soluciones, con la acertada plática sosegada a que nos tiene acostumbrados la Ministra económica.
Un cambio de cultura, necesario sin duda alguna, habrá de ser precedido de un cambio normativo que haga posible la consolidación de los acuerdos al tiempo que marque de manera clara la transitoriedad de otras medidas. Es por tanto, llegado el momento de plantearse la tan manida reforma laboral, basada en un objetivo de modernidad en las relaciones laborales y como pilar de la reforma de modelo productivo, sin obviar la adecuada protección de los derechos de los trabajadores. Hacer una improvisación podría no tener las consecuencias deseadas, deben por tanto adoptarse medidas jurídicas bien consensuadas, incluso profesionalmente, contando con expertos laboralistas en su confección y en su puesta en práctica para ser certeros.
En los últimos años, ha habido una especialización concienzuda en la contratación temporal, quizás basada en la incertidumbre del empresariado frente a la indemnización por despido que consideran rígida y cara, aunque en realidad no resulte serlo tanto. Ahora bien, al lado de esa realidad existe otra, llamativa y casi incomprensible, de la que se habla poco por considerarse normal, se trata del sector público, también centrado en la contratación temporal, disponiendo de grandes bolsas de contratación para cubrir vacantes, vacaciones, excesos productivos y un largo etcétera de modalidades contractuales, adoptadas incluso por la propia Administración Pública.
Existen en el sector público empresarial varios ejemplos, empresas como Correos y Telégrafos con una plantilla ciertamente amplia, del orden de los 67.000 empleados actualmente, entre los que excepcionalmente también hay funcionarios públicos; empresa que cuenta con bolsas de contratación temporal y de fijos discontinuos también de consideración. Dada la situación actual, en la que se impone un cambio de cultura en diversas lineas del espectro laboral y empresarial, no estaría de más plantearse la posibilidad de un relevo generacional en las plantillas de estas empresas de titularidad pública y con capital integro del Estado; una manera de dar ejemplo, siendo los primeros en dar el paso renovador. La jubilación de 15.000 funcionarios en Correos que hayan cotizado lo suficiente para la percepción del cien por ciento de su pensión, a cambio del empleo de otros tantos empleados temporales que actualmente componen las bolsas de empleo eventual que disponen de preparación profesional, supondría una cualificada opción, tanto desde la perspectiva laboral como desde la económica.
Otro área, en la que resultaría interesante el cambio de cultura, referido a la prestación parcial de servicios, podría darse en el ámbito de cierto perfíl de los autónomos, dado que, en algunas actividades, previa la regulación al efecto de compatibilidades concretas respecto de la percepción de desempleo o, de pensiones, se abriría un filón de trabajo por cuenta propia que, al mismo tiempo cotizara parcialmente por la actividad desarrollada.
Los sindicatos y la patronal tienen la palabra.
Salvo mejor parecer
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El Comité de Seguridad y Salud Laboral es el órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos.
El Comité estará formado, por el empresario o por sus representantes en número igual al de delegados de prevención, que son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales.
Las organizaciones sindicales, en muchos casos, no se han percatado de que están siendo utilizadas sibilinamente por ciertos empresarios listos y bien asesorados; de tal modo que con su actuación en los Comités de Seguridad y Salud, sin duda alguna, en la mayoría de casos por desconocimiento, están dando carta blanca a irregularidades en la actuación empresarial. A saber:
El Comité de Seguridad y Salud, está facultado para:
Conocer directamente la situación de la prevención de riesgos en los centros de trabajo.
Conocer los documentos e informes que sean necesarios, relativos a las condiciones de trabajo, así como los procedentes de la actividad del Servicio de Prevención.
Conocer y analizar los daños producidos en la salud o en la integridad física de los trabajadores.
Conocer e informar la memoria y programación anual del Servicio de Prevención.
Los representantes de los trabajadores en el Comité de Seguridad y Salud si no formulan denuncia ante las anomalías y los incumplimientos en materia de salud laboral, están siendo de alguna manera cómplices privilegiados, sin duda involuntarios, de cualquier mala situación en prevención de riesgos.
A las reuniones del Comité pueden asistir y participar con voz y sin voto, trabajadores de la empresa que cuenten con especial cualificación o información respecto de concretas cuestiones a debatir. Tan sólo es necesario que lo solicite alguna de las representaciones.
La inexistencia de toda o alguna documentación que por ley sea obligatorio tener por la empresa a disposición de las autoridades, debe ser detectada y exigida por los miembros del Comité, sin pretexto alguno, salvo la ignorancia alimentada por la confusa o falta de información al respecto pues, a nadie se le ocurre pensar que pretendan, los representantes de los trabajadores, ser cómplices activos del incumplimiento empresarial.
Los daños sufridos por los trabajadores en su salud e integridad física con motivo del desempeño del trabajo, es algo que no puede escaparse del control del Comité de Seguridad y Salud. La falta de actuación en este sentido, es casi lo mismo que inexistencia del propio Comité.
El control de las actuaciones del Servicio de Prevención (medios, programas, personal técnico y sanitario), el conocimiento y la capacidad de informar la memoria del mismo haciendo la crítica e incidiendo en las denuncias, son las armas fundamentales para el impulso de la adecuada prevención de los riesgos laborales.
¿Para qué tener pues, un Comité de Seguridad y Salud?
La Ley prevé su existencia y las empresas, no sin reticencias, lo han ido creando y lamentablemente, en muchos casos, vacío de contenido, ineficaz, incluso como medio para convalidar ciertos incumplimientos dejando pasar, por desconocimiento, actuaciones irregulares, ilícitas e ilegales.
Así, nos encontramos en pleno siglo XXI, pasados trece años desde la aprobación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en España, con que empresas de mucha importancia productiva y social, tienen constituido Comité de Seguridad y Salud en los ámbitos central y provinciales en cuyo seno, como representantes de la empresa han situado a miembros del Servicio de Prevención, que incluso, en casos, se trata de médico del mismo.
Ya en otra ocasión, hablábamos en este sitio de la incompatibilidad manifestada por la organización médica colegial y por los tribunales, en el sentido de considerar que los médicos de empresa no pueden ejercer labores de control de ausencias al trabajo por causa de enfermedad, situaciones de incapacidad temporal, conocido como control de absentismo por bajas. La función de los médicos del Servicio de Prevención, es precisamente la PREVENCIÓN DE LOS RIESGOS y en tal sentido habrán de conocer los motivos de baja por enfermedad, a los solos efectos de la prevención, que habrán de tener en cuenta, en su caso, respecto del desempeño del trabajo, para ninguna otra acción, no puede ser por tanto ninguna otra la causa por la que conozcan los motivos de baja por IT de los trabajadores.
Justamente, también el Comité de Seguridad y Salud, tiene como función prevenir que la empresa no utilice al Servicio de Prevención como instrumento para disimular situaciones de enfermedades profesionales, adquiridas con motivo del desempeño, paulatino e incontrolado, del trabajo habitual o como medio disuasorio para impedir que los trabajadores sigan las recomendaciones de sus médicos asistenciales del sistema de salud, conducentes a la mejoría y adecuada cura de sus patologías. Las organizaciones sindicales deben asimismo asistir a las reuniones del Comité por medio de delegado sindical, con voz y sin voto, pero que permite la doble vertiente, es un derecho que le asiste y que no se ha conseguido en vano. El Comité de Seguridad y Salud, puede denunciar estas situaciones y además los miembros del mismo, representantes de los trabajadores, deben hacerlo llegar a sus organizaciones sindicales para que actúen ante las autoridades administrativas y judiciales, cuando detecten anomalías de forma o actuaciones irregulares.
Lo que sí supone el colmo y ronda la ridiculez más absoluta, es la de ver como, en ciertos Comités de Seguridad y Salud, por la parte empresarial se nombra a un miembro del Servicio de Prevención; más lejos llegan quienes deciden que sea un médico de dicho servicio, no imparcial pues de lo contrario se negará de plano; ya alcanzan la cumbre los que habiendo dispuesto como uno de los representantes de la empresa a un miembro del Servicio de Prevención, éste resulta ser médico de dicho servicio y además consiguen que el Comité le nombre su presidente. ¡La zorra en el corral!, ¿no?.
Salvo mejor parecer.
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Luto en el mundo de las relaciones laborales. Ha fallecido José María Cuevas ex-Presidente de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales de la que fue uno de sus impulsores.
Cuevas fue un demócrata, hombre clave en la transformación de las relaciones laborales en España, participó en la firma de acuerdos vitales para la estabilización social española, el Acuerdo Económico y Social, el Acuerdo Básico Interconfederal que fue el paso previo del Estatuto de los Trabajadores.
Defensor a ultranza de los intereses empresariales pero, que al mismo tiempo supo anteponer los intereses del país a los de los empresarios cuando fue necesario, cuestión que han reconocido líderes sindicales como Nicolás Redondo y José María Figalgo.
Conservador, negociador.
¡...cuando falle la negociación, seguir negociando!, dijo
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Decíamos el 25 de marzo de 2006, en el número 9, de LABORGALI bajo el título "Nada ha cambiado, ya lo decía el poeta de mi tierra" : (...) ...Compromiso de todos, en la salud y en el empleo, recientemente el Director General de la OIT alertaba sobre "una crisis de empleo sin precedentes", dijo que "la brecha de oportunidades" ha tenido un costo muy alto en la vida de las personas y las familias, no sólo por la insuficiencia o la carencia total de ingresos para millones de personas sino también porque disponer de un trabajo decente dignifica a las personas, influye en su autoestima y la estabilidad de sus familias.
La cuestión pone los pelos de punta, Juan Somavia, Director General de la OIT invitó a los altos responsables mundiales tanto de las empresas como de los gobiernos a que se adopten medidas urgentes, sentenció que la crisis del empleo amenaza la credibilidad de las democracias del mundo, anunció que "La crisis no va a pasar desapercibida ni en las calles de los países ricos ni en las de los pobres" y que "El trabajo decente está en el corazón de las preocupaciones económicas y sociales de todas las personas".
Y las cosas han ido a peor, han pasado dos años y medio y nada ha cambiado. Hoy día 7 de octubre de 2008, la Confederación Sindical Internacional, la mayor organización de trabajadores de la tierra, de la que forman parte UGT, USO y CCOO de España, junto con otras 308 organizaciones sindicales del mundo, que representan a 168 millones de trabajadoras y trabajadores; ha convocado la Jornada Mundial por el Trabajo Decente.
Es la protesta de los trabajadores del mundo por el excesivo enriquecimiento de unos pocos; por la reducción de la siniestralidad laboral; contra cualquier tipo de discriminación, de un ser humano en el trabajo; por la reducción de la pobreza en el mundo por la vía del trabajo decente; contra la insolidaridad, el egoismo y la avaricia de quienes dominan el modelo globalizado neoliberal, la economía financiera, en crisis.
Juan Somavia, Director General de la OIT, ha dicho: "El objetivo primordial de la OIT es promover oportunidades para que las mujeres y los hombres consigan un trabajo decente y productivo en condiciones de libertad, igualdad, seguridad y dignidad humana"
Los trabajadores del mundo, a través de la CSI piden hoy a los gobiernos y a las empresas que escuchen.
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Ahora nos llega la noticia de que los responsables de Trabajo en las Comunidades Autónomas de Galicia, Cataluña y Euskadi, se han reunido en Barcelona y piden al Ministerio de Trabajo, flexibilidad en las políticas activas de ocupación para que cada Comunidad Autónoma las aplique acorde con la coyuntura propia de su mercado laboral.
Los dirigentes de trabajo de las tres Comunidades Autónomas, coinciden en la necesidad de que los Técnicos de Prevención de Riesgos laborales tengan mayor capacidad ejecutiva y, asimismo resaltan la importancia de la transferencia de los servicios de Inspección de Trabajo.
Es claro que los altos ejecutivos políticos de trabajo, con toda seguridad seguidos de otros muchos responsables laborales del espectro español, son conscientes de que la lucha contra los incumplimientos en materia de Prevención de Riesgos Laborales, pasa por la previa conformación de una infraestructura real y actual, acorde con los tiempos, flexible, con capacidad y conocimiento.
En los últimos años, hemos oído hasta la saciedad que las Inspecciones de Trabajo no dan abasto para atender, con profesionalidad las múltiples actuaciones en que son demandados, entre otras, las de más transcendencia, las referentes a la Prevención de Riesgos Laborales. Son importantes las manifestaciones desde la autoridad académica o desde la alta judicatura que coinciden en señalar también, la necesidad de dotar a la Inspección de Trabajo de una mayor formación en materia de salud laboral, quizás porque, a diario somos testigos de que su actuación podría tener mayor contundencia, si dispusieran de un más adecuado manejo de la materia, tanto jurídica como técnicamente.
La solución pasa por la formación, por la creación de órganos exclusivos dedicados a la Prevención de Riesgos, por la integración incluso de los Subinspectores de Empleo en el rango que les corresponde, cuya formación de base, en la mayoría de los casos es más especializada, menos genérica, no teniendo razón de ser dos cuerpos, una subcategoría para hacer prácticamente lo mismo, fiscalizar e intervenir contra la infracción de la normativa; vigilar, controlar y asesorar cara al buen hacer en materia de trabajo, Seguridad Social y empleo. Pasa también, por qué no, por la transferencia de los servicios de inspección a las Comunidades Autónomas, más acorde con el ámbito que regula la salud, el empleo y las relaciones laborales.
Todo ello, redundará sin ninguna duda, en una mayor eficacia de la Inspección de Trabajo, al ser verdaderamente prácticos.
Salvo mejor parecer
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Bueno, nos dicen que los juzgados de lo mercantil se van a ver saturados por la cantidad de procesos concursales que se avecinan. Los parados llegan a 2.380.000.
Por otra parte, es cierto que no resulta habitual encontrar asociaciones de parados que, de manera directa intenten paliar la problemática acuciante del desempleo, desde una perspectiva propia y directa, organizada desde dentro, aprovechando los propios recursos, uno de ellos el más valioso, su propio tiempo, en buscar soluciones razonadas y tratadas de una manera técnica. La desidia y el desamparo que provoca la propia situación, al quedarse sin empleo, son la causa de que un colectivo tan importante no se haya planteado crear asociaciones.
Los sindicatos actúan con una parsimonia cuando menos sospechosa, entre sus filas y como dirigentes de cierto nivel disponen de cuadros importantes, cualificados y comprometidos, pero pudiera ser que fallen las altas esferas, acostumbradas a los tiempos de bonanza, se han acomodado y en consecuencia distanciado de lo que es la razón de ser de la propia organización, centrados en cursos de formación y sus subvenciones; a mi humilde entender disponen de recursos para actuar en ciertos asuntos más directos, relacionados con el desempleo y con la contratación temporal pero, no lo hacen, ¿por qué?.
Por contra, en algunas administraciones, la autoridad laboral como la de la Xunta de Galicia planta cara a la situación haciendo una labor destacable, consensuada, acertada, clara y tangible a la que sólo le falta compromiso de ciertas organizaciones y estamentos, aparentemente reacias a tomar iniciativas. No tiene relación directa, esta cuestión, con asuntos partidistas o de cariz electoral, aunque también, lógicamente por tratarse de una de las condiciones más elementales, la razón de ser como ciudadanos de un Estado social y democrático de derecho, el trabajo y sus condiciones laborales que, a su vez son elemento base de su propia vida
El iuslaboralista en su amplia concepción, aquel que siente pasión por las relaciones laborales y el derecho del trabajo, el vocacional, tiene mucho que decir justo ahora.
Es llamativa, también la falta de contundencia a la hora de exigir el fiel cumplimiento de las leyes en materia de prevención de riesgos y salud laboral (cumplir la ley), resulta escandaloso comprobar que a diario mueren personas por motivos que se han podido evitar y justamente al lado de quienes hacen una tibia y moderada protesta, se están produciendo irregularidades de igual calibre, haciéndose vista gorda, pasándose fríamente de las malas condiciones que traen enfermedad profesional o provocan accidentes de trabajo y resultan muy caras, una vez se han producido. Oír que un alto cargo sindical, diga que está llegando el momento de exigir el pleno cumplimiento de las normas sobre prevención de riesgos laborales, es tanto como declarar que se ha estado mirando para otro lado. Tiempos ciertamente duros pero, las cosas podrían estar cambiando, ¡ya se verá!
Salvo mejor parecer
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La Xunta de Galicia, a través de la Consellería de Sanidade, ha investigado a la empresa Estatal Correos y Telégrafos, S.A., en materia de salud laboral. Como resultado de la acción inspectora la autoridad sanitaria de Galicia, ha concluido que el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de Correos y Telégrafos no cumple con la normativa de aplicación.
El comportamiento presunto de ciertas personas físicas de esta Sociedad Estatal, podría suponer abuso de poder, pretendiendo ampararse en una inexistente privilegiada situación, por ser una empresa del Estado. Tal pretendido amparo -bajo la sombra de la empresa- no puede darse, en ningún aspecto, ya se trate de una empresa del Estado o de cualquier otra de carácter privado pues, la Ley es de obligado cumplimiento para todos los ciudadanos y ninguna persona física puede obviar tal cumplimiento. Ni que decir tiene que, la empresa no debería consentir este comportamiento presunto, debiéndose actuar con carácter inmediato, sin menoscabo de las acciones directas, contra dichas personas, que puedan derivarse de las reclamaciones que los interesados perjudicados, en materia de salud (derecho fundamental amparado por la Constitución), puedan plantear en su momento por la vías civil y penal.
Es menester puntualizar que, al hacer referencia a comportamiento presunto de ciertas personas físicas, lo es partiendo de la seguridad y el convencimiento de que, tal comportamiento, no puede ser una política emanada de las directrices de la propia empresa -en cuyo Consejo de Administración existe representación de la Administración socialista- sino, necesariamente habrá de provenir del presunto comportamiento de ciertas personas físicas en el rango de la gestión.
A título de ejemplo, entre otros, son múltiples las actuaciones de la Agencia Española de Protección de Datos, requiriendo a Correos y Telégrafos, la entrega de la Historia Clínica laboral de empleados que ven como se les niega el acceso a la misma. La razón de tal negativa, no puede ser otra que la falta de la misma, por no haber sido elaborada incumpliéndose de plano la normativa en materia de salud, al tiempo de estarse produciendo situaciones lamentables durante años, manteniendo en puestos de trabajo inadecuados a personas con enfermedades profesionales, adquiridas en la propia empresa y conocidas por esta. Esto resulta muy caro.
Son destacables multas cuantiosas por cesión a terceros de datos sobre la salud de los empleados, sin consentimiento expreso de estos o, el mantenimiento en situación de incapacidad transitoria -en sus casas-, sin solución de continuidad, a muchos empleados a los cuales no se les adecua, a instancia de la propia empresa, su puesto de trabajo conforme a la patología que padecen.
Todo con dinero de todos, mala gestión de las relaciones laborales, pésimo tratamiento del factor humano, fundamental pieza de la empresa. La cuestión no es baladí, es un claro ejemplo de incumplimiento empresarial de la mayor empresa del país y con capital del Estado. Situación que como queda dicho, ahora es conocida por las autoridades, muchas de las cuales evidencian pudor y vergüenza ajena.
¿Qué intereses pueden existir para que no se tomen medidas en este asunto?
Múltiples son también las intervenciones de la Inspección de Trabajo, entre otras, en Asturias, Cataluña, Granada por incumplir las medidas de seguridad y salud. Situación que tiene que estarse dando a lo largo de todo el territorio nacional.
Concretamente, conocido en Galicia, concluido por la autoridad sanitaria de la Xunta el incumplimiento de la normativa, al no ser legal el Servicio de Prevención de riesgos de la empresa, ¿qué tipo de actuaciones preventivas y de seguridad de los empleados, ha podido estar haciendo a lo largo de los años Correos y Telégrafos?, ¿qué tipo de actuaciones preventivas viene desarrollando actualmente?, ¿quienes son los responsables personales -con dinero público-, además de la obligada responsabilidad solidaria de la empresa?, ¿qué actuaciones ha realizado la autoridad desde que conoce tales incumplimientos?.
Hablamos de una empresa propiedad de los ciudadanos. Cumplir la ley, además de ser una obligación y un deber, resulta más económico y evita daños.
Es necesaria la intervención urgente de las autoridades al respecto y, también cuanto antes, depurar responsabilidades -incluso las penales- de las personas físicas que cobran de una empresa del pueblo para hacer bien estas cosas y que siendo conocedoras de las situaciones, están presuntamente causando daño por acción y omisión, sin justificación alguna, máxime cuando se les ha requerido, respecto de la aportación de documentos al efecto, respecto de la adecuación de puestos a las patologías conocidas, respecto de la inadecuación de adscripción de cierto personal con discapacidad en puestos y situaciones de claro riesgo.
Salvo mejor parecer
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(Graffiti -"abuso"-)
El Tribunal Supremo abre definitivamente la puerta para actuar, en los casos de acoso laboral, contra los acosadores directos, los cuales hasta ahora, en muchos casos se escondían tras el amparo de la empresa.
El Supremo considera que en los casos de acoso, además de demandar al empresario habrá de hacerse también "a todas las personas o entidades, de cualquier clase que sean, que hayan intervenido de una forma u otra en la vulneración del derecho fundamental".
La Sentencia llega en un momento muy interesante, dadas las circunstancias y los hechos que se están produciendo en Correos, siendo de destacar el último en La Coruña, donde se ha movilizado el personal de la Sociedad Anónima Estatal, en contra de la presunta conducta delictiva de individuos de la sucursal 4 de la ciudad herculina, con el consentimiento silencioso de los responsables en la provincia y de la Dirección Territorial de Galicia, silencio típico y habitual en todo tipo de acosadores.
El acoso laboral es un acto ilegal de cobardía que debemos combatir todos, sin límites.
Salvo mejor parecer
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El Colegio Oficial de graduados sociales de Pontevedra ha desarrollado los días 22, 23 y 24 de abril, unas jornadas de estudio sobre las prestaciones de Seguridad Social que incluye las referidas a las deducciones en el IRPF y se han abordado las especificidades de la modalidad procesal de la Seguridad Social, en la práctica diaria ante los juzgados de lo social, para ello contó con la participación de autoridades provinciales de alta cualificación tales como: Don José Ramón Núñez Ramos, Subdirector Provincial de Información Administrativa y Subsidios del INSS; Doña Sinda Cid González, Subdirectora Provincial de Jubilación, Muerte y Supervivencia y Don Luis Ignacio Díaz Lombardero, Jefe del Servicio Jurídico y Delegado Provincial de la Administración de la Seguridad Social.
Es muy posible que de la aplicación práctica de la normativa resultare, en lo que se refiere a la regulación de la Jubilación Parcial, una situación de desamparo a que puede verse avocado el trabajador jubilado parcialmente toda vez que, cuando su puesto de trabajo ha de ser ocupado por un trabajador relevista, éste, lo será por el tiempo que reste hasta su jubilación definitiva por cumplimiento de la edad de 65 años y durante el resto de la jornada que deja de trabajar la cual, habrá de estar entre un 25 y un 75 por ciento de dicha jornada y hasta de un 85 por ciento, si el relevista es contratado como indefinido. Ahora bien, si la empresa no cumple o no puede cumplir con el compromiso de mantener el contrato del trabajador relevista, el trabajador jubilado parcialmente, no verá cubiertas sus cotizaciones, frustrándose sus expectativas cara a la jubilación definitiva del cien por ciento y asimismo, no dispone de medios para controlar esta situación. Si bien, parece ser cierto que el INSS cuando detecta tales circunstancias o cuando el empresario hace valer una situación de fuerza mayor, al tiempo de tratar de garantizar la exigencia de responsabilidad del empresario, trata de comunicarlo al jubilado parcial; no es menos cierto que, el Instituto de la Seguridad Social, nada puede hacer cuando no lo detecta o, sobretodo cuando la causa es un fraude.
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El Tribunal Supremo viene de dictar una sentencia que apuntala la consideración de profesionales, aquellas enfermedades que se producen en el trabajo aunque el padecimiento y sus síntomas se hubieran presentado antes de iniciarse el trabajo.
La jurisprudencia exige que la falta de relación entre la lesión padecida y el trabajo realizado, se acredite de manera suficiente, bien porque se trate de enfermedad que por su propia naturaleza excluya la etiología laboral, bien porque se aduzcan hechos que desvirtúen dicho "nexo causal" y además, también dice la jurisprudencia que para desvirtuar la presunción de laboralidad de una enfermedad de trabajo, no es bastante que se hubieran producido síntomas de la misma en fechas o momentos inmediatamente precedentes al episodio, la presunción no se destruye porque se haya acreditado que el trabajador o trabajadora, padecía la enfermedad con anterioridad o porque se hubieran presentado síntomas antes de iniciarse el trabajo, porque lo que se valora a estos efectos no es, desde luego, la acción de trabajo, sino en el marco de la Ley General de la Seguridad Social -tendrán la consideración de accidente de trabajo: las enfermedades o defectos padecidos con anterioridad por el trabajador, que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente- como factor desencadenante de una crisis, que es la que lleva a la situación de necesidad protegida y esta posible acción del trabajo se beneficia de la presunción y no puede quedar excluida por la prueba de que la enfermedad se padecía ya, pues, aunque sea así, es la crisis la que hay que tener en cuenta a efectos de protección.
Lo que realmente empieza a ser preocupante es la falta de seriedad con la que la propia Administración se está tomando este tema de la salud laboral.
El sindicato LAB ha denunciado en este mismo mes, la muerte de un trabajador el 7 de agosto debido a un infarto. La Seguridad Social le denegó la incapacidad permanente y le obligó a reincorporarse a su puesto de trabajo, en contra de la opinión de su médico de cabecera y del médico de la empresa, que certificó que su dolencia le imposibilitaba retornar a su antigua ocupación. El Juzgado de lo Social nº 5 de Bilbao en fecha 22 de mayo, sentenció en favor de los argumentos de la Seguridad Social. En junio volvió a su puesto de trabajo y, dos meses después murió.
Al igual que el sindicato LAB, en el presente mes han sido múltiples las denuncias públicas efectuadas por responsables de salud laboral de UGT, CCOO, CGT, CNT y otros. Ahora bien, ha llegado la hora de actuar directamente exigiendo de las Administraciones, en aquellos casos en que previamente se denunció y ha habido inactividad, la identificación de los responsables en los concretos casos donde se de con posterioridad accidente o una patología; asimismo aquellos casos sobre salud y prevención de riesgos denunciados ante una Administración y que excedan el plazo previsto para ser considerados como silencio administrativo, habrían los sindicatos de ponerlos en conocimiento de la sociedad a fin de que puedan ser detectados con claridad los casos de inactividad que son camuflados posteriormente. Los medios de comunicación podrían jugar un papel primordial en este asunto que supone muerte y enfermedad, en muchos casos innecesariamente.
Salvo mejor parecer.
Baldo
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La Comisión Central de Deontología ha elaborado un informe, aprobado por unanimidad por la Asamblea General del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos; dicho informe que versa sobre el atropello que la Administración viene produciendo sobre los médicos inspectores -evaluadores de incapacidades en la Seguridad Social- sometidos a presión de índole económica respecto de sus complementos de productividad, al no dar un porcentaje mínimo de altas médicas en los reconocimientos realizados, dentro de su cometido evaluador, sin tenerse en cuenta ni respetarse su labor profesional pura y llana, frente a la patología y con plena y libre actuación facultativa.
El informe no tiene desperdicio, por cuanto el máximo órgano institucional de los médicos sienta una postura clara sobre el respeto que debe tenerse a la actuación de los médicos en su labor de trato con los pacientes, la cual no debe sufrir intervención ni interferencia por tratarse de una actuación en la que el médico debe actuar con plena libertad de prescripción, cuestión que no puede limitarse con criterios meramente económicos.
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He recordado a un individuo muy especial que un día, hablando de los sindicatos, me dijo: "yo hace tiempo que en elecciones sindicales voto en blanco"
En aquel momento no di importancia a la manifestación de aquel hombre.
Hoy hablando con personas con las que no lo hacía de largo tiempo, recordé el detalle del "voto en blanco" y al ser mentado por mis interlocutores caí en la cuenta de que el hombre en cuestión resultó ser un simple y memo espolique (hasta ahora no lo veía así) que formó parte de un sindicato, aunque siempre tras la sombra de alguien a modo de lacayo -todo hay que decirlo-, muy dado al "corre ve y dile" y muy poco dado al verdadero sindicalismo.
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