¿Juegan límpio en materia de salud laboral?

Permalink 17.11.09 @ 08:30:37. Archivado en Salud laboral, Correos y Telégrafos, SAE

Como sabemos, han sido muchos años los que han estado sin un sistema de Prevención de Riesgos conforme a la normativa, en Correos y Telégrafos. La llegada al Ministerio de Fomento de José Blanco, junto con las denuncias reiteradas y fundadas sobre el tema, llegándose a situaciones de una verdadera delincuencia encubierta, trajeron consigo que al nombrar un nuevo Director de Recursos Humanos, se optara por un perfil conocedor de la Salud Laboral.

Luis Pérez Capitán, posiblemente no sin dificultades, ha ido haciendo encajes para conformar un Servicio de Prevención Propio en la Sociedad Anónima, después de catorce años de la entrada en vigor de la Ley y, también después del abusivo mangoneo que se han traido hora tras hora, día tras día, mes tras mes, año tras año, el equipo responsable de estos menesteres y que continúan, a saber ¿por qué? en el área de personal.

La Revista ABRECARTAS (de los empleados de Correos), abre los ojos a quienes hasta ahora no se habían dado cuenta del gigantesco engaño a que nos tenían sometidos los gestores de la empresa, alguno de ellos todavía en medio, quizás a punto de recibir el empujón que le ponga en donde deba estar, lejos del calor de las personas, al no haber conseguido él mismo, mantener una altura mínima de gestión.

Y digo que abre los ojos, mostrando el engaño, al poder leer atónitos todos, que algunos quieren celebrar nada menos que DIEZ AÑOS DE PREVENCIÓN, en un intento absurdo por dar a entender que esto que ahora se hace no es nuevo, sino que proviene de la gran gestión en materia de salud laboral y prevención llevada a cabo por los que no tienen talento, siquiera para disponer de la elemental HISTORIA CLINICO-LABORAL de los empleados. A todos ellos, la más sincera repulsa y solicitud de que por dignidad se vayan, dejando a los que saben, hacer las cosas conforme a la Ley.

¿Intentan tapar?

No son diez años de Prevención, son realmente CATORCE sin ella, desde el 10 de noviembre de 1995, fecha de entrada en vigor de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales sin que en Correos se haya hecho lo que la propia norma establece. Razón suficiente para el cese inmediato de impostores, una vez se han tomado las primeras medidas decentes, para la salvaguarda y el control de la salud de los empleados de la Sociedad Estatal.

Las cosas pueden cambiar con los nombramientos nuevos, no ha sido otro el motivo de la elección de Luis Pérez Capitán. Otra cosa distinta es, ¿qué hacer con los muermos encasillados en el pasado?

Y, si alguna prueba puede resultar de peso, véase la intervención decepcionante, frustrante y descorazonadora, de la Médica de Correos de Pontevedra que a fecha 20 de julio de 2006 dijo por escrito:

"Hasta la fecha, en Correos se ha constituido un solo Servicio de Prevención Central (en el Centro Directivo), del que yo no formo parte, de lo que puede deducir cuáles son mis competencias y cuáles notiene desperdicio, ¿verdad?

Al decir la licenciada en medicina NO PERTENECER al Servicio de Prevención, asume que en la práctica las tareas preventivas y de salud de los trabajadores en su ámbito (provincia de Pontevedra) no han sido tratadas y que, por tanto no ha cumplido con su reponsabilidad.

Al decir, "...de lo que puede deducir cuáles son mis competencias y cuáles no" se aparta de toda competencia en materia de prevención, de todo lo que suponga haber actuado en la evitación del daño que el trabajo ha ocasionado a muchos empleados de Correos, causándose enfermedad profesional y a muchos también de los cuales, se les mantiene en situación espectante a lo largo de años, todo por no adoptar medidas preventivas en su momento y con posterioridad correctoras o de apartarles definitivamente del origen de la patología.

¡Dejación de funciones!

No podemos olvidar que esta médica, ha elaborado y elabora informes médicos, que remite sin autorización ni consentimiento expreso, a espaldas de los interesados (trabajadores) sobre los que informa, a terceros tales como el EVI, en materia de jubilación por incapacidad, aludiendo a cuestiones de adaptación del puesto a la patología, ¿cómo lo hará?, ¿quién se lo permite?

Si uno piensa fríamente en todo esto, llega facilmente a la conclusión de que aquí pasa algo, los menos desconfiados creen que las jubilaciones por incapacidad que realiza la propia sociedad anónima tienen algo raro.

Es prueba también de peso, las alegaciones del actual coordinador del Servicio de Prevención Propio de Correos que en fecha 24.07.2007, salida 298 dijo:

"...y le informo que Dª Mª C. M. del C., Jefa de los Servicios Médicos de Pontevedra, forma parte del Servicio de Prevención de Riesgos de Correos, conforme a lo estipulado en el R.D. 39/1997, disposiciones adicionales 2ª y 3ª" (sic), justamente lo contrario que vino en decir ella.

¿Juegan límpio en materia de salud laboral?

Salvo mejor parecer

140. Es menos costoso cumplir las normas. ¡En Correos no se cumple la ley!

Permalink 10.07.09 @ 19:15:27. Archivado en Correos, Justicia, Salud laboral

Tras un largo recorrido utilizando incluso medios indirectos se ha podido llegar a tener constancia declarada, por la que se establece quién es competente en materia de incumplimientos de las normas de prevención de riesgos laborales en Correos y Telégrafos, S.A.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, siendo ponente Don Francisco Javier Cambón García, quién formó sala con Don Fernando Seoane Pesqueira y Doña María Dolores Galindo Gil, ha dictado Sentencia (sientan precedente) respecto de la entrega de la HISTORIA CLÍNICO-LABORAL. Considera el Tribunal, junto con la abogacía del estado, que de existir incumplimientos de Correos, de la legislación de riesgos laborales, el órgano competente es la Inspección de Trabajo.

La cuestión no tiene desperdicio, después de años de espera, dando muchas vueltas respecto de la competencia para actuar cuando se produce un incumplimiento de prevención de riesgos, viéndose afectado un funcionario de los cuerpos de Correos y Telecomunicación a extinguir. Es la primera vez que un órgano judicial dice tan claro coincidiendo textualmente con lo afirmado por la abogacía del estado que, de existir incumplimientos de Correos, el órgano competente es la Inspección de Trabajo.

El funcionario habiendo sido citado en octubre de 2006 para recibir la documentación que pidió expresamente en julio de 2006, se negó a recibir otra documentación distinta a la que establece el artículo 37.3 c) del Reglamento de los Servicios de Prevención, en relación con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

La abogacía del Estado dijo haberse permitido el acceso a la documentación que se tenía y, continúo, textualmente: ..."Otra cosa es que en ese expediente -no estén- todos los documentos que el recurrente cree que debería haber o que los que haya no sean de su agrado."

Lo cierto es que, todos somos conocedores y así nos lo recordaban en palabras recientes del Ministro de Justicia, referentes a personajes presuntamente corruptos: "...la ley es de obligado cumplimiento para todos...", por tanto si la Ley y su desarrollo dicen que hay que vigilar la salud de los trabajadores y que debe existir una HISTORIA CLÍNICO-LABORAL confeccionada de una manera concreta, nadie, puede ser diferente al respecto y si tal documentación no obra en tales condiciones, resulta feo, incluso grosero puntualizar que no puede entregarse lo que no resulte del agrado del interesado, o que pide lo que cree debería haber. Se trata simplemente de reconocer por la empresa, como más tarde ha tenido que hacer, que no se tiene porque no se ha cumplido con la Ley, porque se actúa ilegalmente, de manera contraria al ordenamiento jurídico, no se vigila la salud de los trabajadores y consecuentemente no se tiene lo que manda la Ley, por activa y por pasiva.

El funcionario solicitó expresamente le hicieran llegar, textual:
"Documentación aplicable al caso que por mandato de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales LPRL, 31/1999, de 8 de noviembre, artículos 22 y siguientes y, 37 y concordantes del Reglamento de los Servicios de Prevención deberá disponer la empresa y, que en su momento no le fueron facilitados".

El Reglamento de los Servicios de Prevención, en su artículo 37.3 c), párrafo segundo establece:

Los exámenes de salud incluirán, en todo caso, una historia clínico-laboral, en la que además de los datos de anamnesis, exploración clínica y control biológico y estudios complementarios en función de los riesgos inherentes al trabajo, se hará constar una descripción detallada del puesto de trabajo, el tiempo de permanencia en el mismo, los riesgos detectados en el análisis de las condiciones de trabajo, y las medidas de prevención adoptadas.

La Sala transcribe textualmente, en los fundamentos jurídicos las palabras de la abogacía del estado, que dice: "... y si algún incumplimiento de la legislación de riesgos laborales existiese, el órgano competente para depurarlos es la Inspección de Trabajo, bajo la dependencia funcional, en este caso, de la Xunta de Galicia..."

Evidentemente, el legislador ha querido dejar claro en que consiste una HISTORIA CLÍNICO-LABORAL, y que habrá de reunir precisamente esos requisitos, no otros, por lo que la falta de tal documentación implica no haberse cumplido la normativa respecto de la vigilancia sobre la salud.

En su día, una Inspección provincial de Trabajo, seguramente por error, se había declarado incompetente para la reclamación de tal documentación por tratarse de un funcionario, habiendo sugerido la inspectora experta, que ejerciera la acción ante el órgano competente; el funcionario se encontró con que la justicia y la abogacía del estado entienden que "...si algún incumplimiento de la legislación de riesgos laborales existiese, el órgano competente para depurarlos es la Inspección de Trabajo...". Una vuelta al principio, a lo que ya sabía. Lo mejor es que uno puede encontrarse en una conferencia a la que asiste invitada una persona que hace estas cosas, pero hablando dice otras distintas, aludiendo a que debe cumplirse la Ley, que la Historia clínico-laboral es uno de los medios, por el cual se conoce el cumplimiento de la misma.

La Xunta de Galicia, en el año 2008, también se había manifestado en el mismo sentido, habiendo remitido la autoridad laboral (autonómica) las denuncias ante la Inspección de Trabajo.

Ahora la Inspección debe de actuar puntualmente.

Debemos destacar que el Real Decreto regulador de la actuación de la Inspección de Trabajo en el ámbito de la Administración General del Estado, establece:

..."1. El presente Real Decreto será de aplicación a los órganos centrales y órganos territoriales de la Administración General del Estado, así como a sus Organismos autónomos y otros entes dependientes de aquélla, y afectará a todo el personal empleado en los distintos centros, dependencias o lugares de trabajo de los mismos, con independencia de que la relación que se mantenga sea de naturaleza laboral, estatutaria o funcionarial.

2. No obstante lo anterior, a las entidades públicas empresariales no les será de aplicación el presente reglamento, quedando, en consecuencia, excluidas de este procedimiento y sometidas al régimen ordinario derivado de la plena aplicación del Real Decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social..."

Ahora en 2009, la Fiscalía se manifiesta también en el mismo sentido, Correos debe ser tratada como cualquier empresa, excluida del tratamiento de las administraciones públicas.

De lo dicho más arriba, evidentemente, quedó claro que la empresa no tenía, no tiene los documentos que el recurrente cree que debería haber toda vez que, según reconoce la abogacía del estado, "se le ofreció lo que había", que no era lo que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el Reglamento de los Servicios de Prevención exigen muy claramente.

Ciertas personas de la empresa han cometido delito, ¿no?. El interesado ha sufrido daños de cuya responsabilidad no pueden librarse. La paciencia y la calma, han permitido que cada día lo hayan estropeado un poco y que la cuestión haya llegado a un punto sin retorno. Los nuevos responsables carecen de medios para subsanar los errores cometidos, tan sólo les queda asumir lo ocurrido y hacer las cosas bien a partir de su llegada.

Hay por tanto un incumplimiento muy grave, que resulta extremado por reiterativo, y porque sin duda se repetirá en todos y cada uno de los empleados de Correos y Telégrafos, en todo el Estado español.

¿Por qué no se han hecho las cosas conforme a la Ley?, ¿se ha tratado de una prepotencia o se pretendieron tapar las ilegalidades a la vieja usanza?.

A veces parece que alguien añora tiempos de la dictadura, en los cuales por cierto y, paradójicamente, cualquier responsable en materia de Seguridad e Higiene en el Trabajo, actuando de esta manera torticera, hubiera salido con una buena patada en el trasero. Ahora mismo, algún subdirector de personal, sigue con su trasero sentado, dando brillo a la tela de su pantalón, a pesar de certificar en falso, creyéndose importante, pero sabiéndose ridículo y mentiroso.

Muy recientemente la Inspección de Trabajo, que es competente en la materia, corroboró y constató que no hay historia clínico-laboral completa del recurrente; que no se han hecho evaluaciones de riesgos durante años, reconocido expresamente por la propia empresa; que tampoco se cumplieron las exigencias del control de salud en materia preventiva; constata la Inspección de Trabajo que se intentó, por la empresa, reiteradamente simular la entrega de lo que no tenían, no tienen; en un acto delictivo claro, vergonzoso.

Una serie de incumplimientos de la normativa de Prevención y Salud Laboral, detectada por el órgano competente, que es la Inspección de Trabajo.

En su día, el 23.08.2007, hablábamos de esto.

Una vuelta muy grande, acudiendo pacientemente ante los tribunales aun en contra de su propio criterio, para concluir, tres años más tarde, que era competente el órgano a quién en un principio se dirigió el recurrente y para terminar comprobando que la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, no ha cumplido y sigue sin cumplir con la Ley, al no asumir lo mal hecho hasta el momento.

Incumplimientos de mucho calado, delito claro cometido reiteradamente con prepotencia torticera, por una empresa del Estado, Correos y Telégrafos, S.A.E. en manos hoy de los dirigentes socialistas.

Campañas divulgativas del Gobierno socialista sobre la necesidad de cumplir con las normas de prevención. Multas a los empresarios que incumplen las leyes en la materia, mientras tanto, la mayor empresa del estado, da la espalda a los derechos de sus empleados, con total impunidad.

Ejemplo de agravio comparativo.

No valen los intentos de entrega, no sirve que hagan firmar un folio por el cual se afirma el recibí de una documentación concreta. Es necesario que se haya cumplido la Ley en sus propios términos, que exista la documentación que acredita haberse realizado el seguimiento de la salud (habiéndose realizado de manera real y probada no sólo a través de la firma de un folio que acredite la recepción de unos documentos), haberse procedido a la adecuación del estado de salud respecto a las condiciones de trabajo, cuestión que no sólo se acredita a medio de documentos, ha de realizarse in situ. Lo contrario es un fraude, obra de delincuentes. Título que habrán de ostentar quienes les protegen, amparan y convalidan.

Se hace necesaria la intervención sindical.

¿De que nos vale que hayan contratado a un supuesto experto en la materia, si convalida actos delictivos previos a su nombramiento?. No se trata sólo de cambiar, que también. Se trata de exigir responsabilidades por lo actuado por acción y omisión, se trata de restablecer los derechos de los perjudicados. Aislar a quien tenga firma en materia de personal pero ha cometido falsedad y dice mentiras, sin pudor, sin sentir vergüenza de sí mismo.

Seguimos erre que erre, es menos costoso cumplir las normas. ¡En Correos no se cumple la Ley!

Salvo mejor parecer.

136. En Correos, destapados y atrapados.

Permalink 30.06.09 @ 11:50:09. Archivado en Correos, Salud laboral

Últimamente, se vienen produciendo ciertas aclaraciones respecto de irregularidades mantenidas, durante años, en la empresa estatal Correos y Telégrafos.

Los recién llegados gestores, en su ánimo de dar una rápida solución a las cosas, con prisas, han conseguido dejar a la vista un número de fechorías abundante, no todas las que han sido denunciadas. Puede tratarse también de un nefasto asesoramiento, centrado más en tapar que en aclarar y solucionar graves ilegalidades. También pudiera que fuese una formidable estrategia, por parte de los nuevos gestores de Recursos Humanos, traídos ex professo, que simulan estar de parte de los delincuentes para así, ir hilando la madeja de incumplimientos, ir detectando personalmente a los profesionales de la acción criminosa y a quienes les protegen, encubren y apoyan, en Correos y Telégrafos, que los hay.

Sabido y constatado, de falsificaciones, usurpación de atribuciones, incumplimiento alevoso en materia de protección de la salud; vamos notando una cierta lentitud en la erradicación fulminante de tales actuaciones y la separación instantánea de los criminales y, ello pueda ser por una formidable estrategia investigadora de la nueva dirección encargada del arbitrio humano en la sociedad estatal, conducente a destapar y capturar. Pudiera ser también, aunque resulte casi improbable, que las artes de los delincuentes consigan confundir al regidor y traten de aminorar las cargas, ralentizando la actuación depuradora.

Algunos hablan de la eficiencia de Pepe Blanco, en todos los ámbitos del Ministerio.

Habiéndose apartado el principal gusano infeccioso, recuerden lo dicho sobre los Comités de Seguridad y Salud. Lo cierto es que, algún malhechor de la empresa postal, ha optado por instalarse en la presidencia de un órgano paritario, encargado, entre otras, de analizar los daños a la salud con el fin de valorar sus causas y proponer medidas preventivas. La providencia, o la mentada buena estrategia del mando, han hecho posible por fin, que el tramposo haya caído en su propia trampa, como pronto veremos.

Salvo mejor parecer

135. La zorra en el corral. Comités de Seguridad y Salud Laboral. (bis)

Permalink 30.06.09 @ 11:10:53. Archivado en Correos, Salud laboral

El Comité de Seguridad y Salud Laboral es el órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos.

El Comité estará formado, por el empresario o por sus representantes en número igual al de delegados de prevención, que son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales.

Las organizaciones sindicales, en muchos casos, no se han percatado de que están siendo utilizadas sibilinamente por ciertos empresarios listos y bien asesorados; de tal modo que con su actuación en los Comités de Seguridad y Salud, sin duda alguna, en la mayoría de casos por desconocimiento, están dando carta blanca a irregularidades en la actuación empresarial. A saber:

El Comité de Seguridad y Salud, está facultado para:

Conocer directamente la situación de la prevención de riesgos en los centros de trabajo.

Conocer los documentos e informes que sean necesarios, relativos a las condiciones de trabajo, así como los procedentes de la actividad del Servicio de Prevención.

Conocer y analizar los daños producidos en la salud o en la integridad física de los trabajadores.

Conocer e informar la memoria y programación anual del Servicio de Prevención.

Los representantes de los trabajadores en el Comité de Seguridad y Salud si no formulan denuncia ante las anomalías y los incumplimientos en materia de salud laboral, están siendo de alguna manera cómplices privilegiados, sin duda involuntarios, de cualquier mala situación en prevención de riesgos.

A las reuniones del Comité pueden asistir y participar con voz y sin voto, trabajadores de la empresa que cuenten con especial cualificación o información respecto de concretas cuestiones a debatir. Tan sólo es necesario que lo solicite alguna de las representaciones.

La inexistencia de toda o alguna documentación que por ley sea obligatorio tener por la empresa a disposición de las autoridades, debe ser detectada y exigida por los miembros del Comité, sin pretexto alguno, salvo la ignorancia alimentada por la confusa o falta de información al respecto pues, a nadie se le ocurre pensar que pretendan, los representantes de los trabajadores, ser cómplices activos del incumplimiento empresarial.

Los daños sufridos por los trabajadores en su salud e integridad física con motivo del desempeño del trabajo, es algo que no puede escaparse del control del Comité de Seguridad y Salud. La falta de actuación en este sentido, es casi lo mismo que inexistencia del propio Comité.

El control de las actuaciones del Servicio de Prevención (medios, programas, personal técnico y sanitario), el conocimiento y la capacidad de informar la memoria del mismo haciendo la crítica e incidiendo en las denuncias, son las armas fundamentales para el impulso de la adecuada prevención de los riesgos laborales.

¿Para qué tener pues, un Comité de Seguridad y Salud?

La Ley prevé su existencia y las empresas, no sin reticencias, lo han ido creando y lamentablemente, en muchos casos, vacío de contenido, ineficaz, incluso como medio para convalidar ciertos incumplimientos dejando pasar, por desconocimiento, actuaciones irregulares, ilícitas e ilegales.

Así, nos encontramos en pleno siglo XXI, pasados trece años desde la aprobación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en España, con que empresas de mucha importancia productiva y social, tienen constituido Comité de Seguridad y Salud en los ámbitos central y provinciales en cuyo seno, como representantes de la empresa han situado a miembros del Servicio de Prevención, que incluso, en casos, se trata de médico del mismo.

Ya en otra ocasión, hablábamos en este sitio de la incompatibilidad manifestada por la organización médica colegial y por los tribunales, en el sentido de considerar que los médicos de empresa no pueden ejercer labores de control de ausencias al trabajo por causa de enfermedad, situaciones de incapacidad temporal, conocido como control de absentismo por bajas. La función de los médicos del Servicio de Prevención, es precisamente la PREVENCIÓN DE LOS RIESGOS y en tal sentido habrán de conocer los motivos de baja por enfermedad, a los solos efectos de la prevención, que habrán de tener en cuenta, en su caso, respecto del desempeño del trabajo, para ninguna otra acción, no puede ser por tanto ninguna otra la causa por la que conozcan los motivos de baja por IT de los trabajadores.

Justamente, también el Comité de Seguridad y Salud, tiene como función prevenir que la empresa no utilice al Servicio de Prevención como instrumento para disimular situaciones de enfermedades profesionales, adquiridas con motivo del desempeño, paulatino e incontrolado, del trabajo habitual o como medio disuasorio para impedir que los trabajadores sigan las recomendaciones de sus médicos asistenciales del sistema de salud, conducentes a la mejoría y adecuada cura de sus patologías. Las organizaciones sindicales deben asimismo asistir a las reuniones del Comité por medio de delegado sindical, con voz y sin voto, pero que permite la doble vertiente, es un derecho que le asiste y que no se ha conseguido en vano. El Comité de Seguridad y Salud, puede denunciar estas situaciones y además los miembros del mismo, representantes de los trabajadores, deben hacerlo llegar a sus organizaciones sindicales para que actúen ante las autoridades administrativas y judiciales, cuando detecten anomalías de forma o actuaciones irregulares.

Lo que sí supone el colmo y ronda la ridiculez más absoluta, es la de ver como, en ciertos Comités de Seguridad y Salud, por la parte empresarial se nombra a un miembro del Servicio de Prevención; más lejos llegan quienes deciden que sea un médico de dicho servicio, no imparcial pues de lo contrario se negará de plano; ya alcanzan la cumbre los que habiendo dispuesto como uno de los representantes de la empresa a un miembro del Servicio de Prevención, éste resulta ser médico de dicho servicio y además consiguen que el Comité le nombre su presidente. ¡La zorra en el corral!, ¿no?.

Salvo mejor parecer.

134. José Blanco, Ministro de Fomento. ¿Le preocupa la salud laboral?, ¿exige el cumplimiento de las leyes en su departamento?

Permalink 14.06.09 @ 15:23:09. Archivado en Correos, Salud laboral

Recientemente, con motivo del funesto accidente ocurrido en Valencia, en el que un inmigrante perdió un brazo y fue abandonado por su jefe, el Ministro de Fomento, preguntado al respecto, manifestaba en la Cadena SER que no pueden producirse hechos de este calibre y que se pondrán los medios para evitar tales atrocidades.

Oídas las manifestaciones de José Blanco en la Cadena SER, en las que dejó claro que hay que cumplir con la prevención y perseguir a los incumplidores, se hace necesario mencionar lo que sigue, de todo lo cual hay documentación fehaciente, por tratarse de una empresa que tutela el Ministerio de Fomento, dirigido por el Ministro José Blanco, a saber:

1) Los Presidentes de Correos y Telégrafos, consintieron sistemáticamente durante años que dos empleados de Correos en la provincia de Pontevedra, Don José Manuel Paz Chapela y Don Rufino Alvarez Alvarez, firmaran licencias por enfermedad (acto sujeto a derecho administrativo) haciendo constar que lo hacían conforme a Poder Notarial otorgado por el Consejo de Administración de Correos de fecha 24.09.2004, siendo FALSO. Ambos firmaban como jefes provinciales y no aparecen en lugar alguno como tales. Dejaron de firmar hace tres meses, después de muy reiteradas denuncias, habiéndose hecho caso omiso durante lago tiempo.

Nada ha ocurrido respecto al tiempo que vinieron firmando sin atribuciones, aun mediando daños a empleados, tales como dejar sin percibo de subsidio de MUFACE, por su intervención en acto administrativo nulo de pleno derecho.

2) El Subdirector de Gestión de Personal de Correos y Telégrafos cometió falsedad afirmando, en un escrito, que se había hecho una EVALUACIÓN DE RIESGOS de un trabajador con patología conocida (artículo 25 Ley Prevención Riesgos Laborales) y que ésta (la evaluación) había sido tenida en cuenta para una Incapacidad que lleva años sin resolver. Tal EVALUACIÓN no se ha hecho nunca; así lo afirma del Jefe de Relaciones Laborales de Galicia y lo constata la Inspección de Trabajo.

El Subdirector de Gestión de Personal de Correos y Telégrafos, mintió en un acto sobre la salud.

3) El Subdirector de Gestión de Personal de Correos y Telégrafos avaló por escrito que la empresa del Estado (Correos y Telégrafos) y los Servicios Médicos de Correos de Pontevedra, habían intentado entregar la HISTORIA CLÍNICO-LABORAL de un empleado y resultó ser que tal HISTORIA CLÍNICO-LABORAL no existe; así lo afirma el Jefe de Relaciones Laborales de Galicia y lo constata la Inspección de Trabajo; así lo afirma también la médica de Correos de Pontevedra quién, sin embargo simuló hacer entrega de la misma, como constata la Agencia Española de Protección de Datos y como se argumentó por la propia empresa incluso en un juicio de lo contencioso-administrativo, diciendo que no se puede entregar lo que no se tiene.

Falsedad muy grave, pues NO EXISTE dicha HISTORIA CLÍNICA, sin embargo reiteradamente se simuló hacer la entrega.

4) Los "responsables" de Correos de Pontevedra citaron a otro empleado por telegrama, para hacerle entrega de su HISTORIA CLÍNICA-LABORAL completa, y resultó que llevaron impresos en blanco, sin cumplimentar, con la intención de que el trabajador firmase un folio inicial por el que reconocía haber recibido dicha documentación en forma, intentaron engañarle reiteradamente, a sabiendas de que no tenían lo que les solicitaba y que ha de existir por imperativo legal, artículo 37.3 c) del Reglamento de los Servicios de Prevención.

Más tarde, ante la Inspección de Trabajo el Jefe de Relaciones Laborales de Galicia reconoció también que NO HAY HISTORIA CLÍNICA-LABORAL y también la Sra. médica de los servicios médicos de Correos de Pontevedra, reconoce por escrito ante la Inspección de Trabajo que no existe la documentación de dicha HISTORIA CLÍNICA-LABORAL. Mintió y mintieron reiteradamente respecto de más de un empleado.

5) El Presidente de Correos ha reconocido que los Servicios Médicos de Correos de Pontevedra carecen de licencia de actuación, que han carecido de tal licencia siempre.

6) Las autoridades autonómicas (Sanidad y la Inspección Territorial de Trabajo) han encontrado anomalías en los servicios médicos de Correos en Galicia.

7) El nuevo Director de Recursos Humanos de Correos, Don Luis Pérez Capitán, pretende que un empleado asista a los servicios médicos de Correos de Pontevedra, aun careciendo estos de licencia de funcionamiento (nadie ha corroborado lo contrario) y además ante la Sra. médica, que ha mentido en materia de salud, respecto de la HISTORIA CLÍNICA-LABORAL de más de un empleado, simulando la entrega de documentos sobre la salud de empleados (seres humanos con patología conocida por la empresa).

El nuevo Director de Recursos Humanos, Pérez Capitán, parece no haber llegado para dar solución a la problemática de Prevención de Riesgos Laborales en la mayor empresa del Estado.

En Correos y Telégrafos S.A. empresa cuyo capital es íntegramente del Estado, gestionada ahora mismo por el gobierno socialista, bajo la tutela del Ministerio de Fomento, que dirige Don José Blanco no hay Servicio de Prevención de Riesgos acorde con la normativa y suceden cosas como las descritas más arriba, sin que nadie haga nada. Son muchos los empleados ya jubilados con lesiones adquiridas en el trabajo y otros que están dentro o de baja, con lesiones motivadas por el trabajo, sin que exista un control adecuado sobre su salud, tan sólo se limitan a MENTIR, hacer actuaciones y documentos FALSOS.

En Correos de la provincia de Pontevedra, existen problemas de falta de personal para el reparto, recargando a los repartidores con trabajo de otros compañeros, lo cual repercute en su salud y calidad de vida; sin embargo se mantiene durante mucho tiempo, en el Pabellón Postal de Pontevedra a doce (12) contratados en un área excentaria -donde no se pueden renovar vacantes- donde parece que está sobrando personal. Se sigue haciendo en momentos de crisis, con el gasto que supone.

También se han convocado vacantes por responsables de Correos de Pontevedra, haciendo uso de un membrete de un departamento estatal de la empresa "UNIDAD DE SELECCIÓN Y FORMACIÓN"; consultado tal departamento por un sindicato, dicen no saber de tal convocatoria. El "responsable" provincial convocante sin tener competencias, dice que se trataba de dotar una Unidad de Admisión de Masivas, ya existente (no de nueva creación), lo cual resulta ser FALSO, no existía tal Unidad, todavía hoy no existe.

En Pontevedra, se están dando muchas manipulaciones, que deben ser investigadas, por razones de garantía y control de los bienes del Estado.

Salvo error, el Ministerio de tutela debe intervenir y, las personas que en Correos y Telégrafos, tengan conferidas formalmente competencias responderán personal, directa y profesionalmente de su gestión, así lo expresa literalmente la Ley.

Qué decir de quienes actúan sin competencias usurpando atribuciones. ¿No?

125. José Blanco debe dar cuentas por ser el Ministro de tutela, así lo dice la Ley

Permalink 09.05.09 @ 13:30:35. Archivado en Salud laboral, Elecciones europeas, Ministro de Fomento - José Blanco

El Ministro de Fomento, que tiene una alta responsabilidad política, también en el PSOE, ahora que llega la hora de pedir el voto para ocupar escaños en el Parlamento Europeo, previamente debería de dar cuenta de los incumplimientos reiterados, ahora confirmados y constatados, de Correos y Telégrafos, dado que la Ley es clara cuando dice que respecto de las sociedades mercantiles estatales será responsable funcional y de eficacia el Ministerio de tutela.

Recordemos que Europa ha dado un mandato expreso, concretamente a este sector en fase de liberalización, exigiéndole un escrupuloso cumplimiento de la normativa laboral, de Seguridad Social y de salud laboral. Debemos ser limpios y transparentes en Europa.

Dado que últimamente se está produciendo un acercamiento ciertamente interesante de algunos inspectores de trabajo y Seguridad Social, personas que individualmente están demostrando una profesionalidad encomiable, en la búsqueda de una buena actuación a la complicada situación que supone, dilucidar con claridad cual debe ser el proceder ante los continuados y descarados incumplimientos, en materia de prevención de riesgos laborales y salud laboral, por parte de una sociedad mercantil estatal, amparada en una supuesta situación especial de privilegio, que realmente no existe. Es llegado el momento de hablar.

Trataremos de traer aquí, alguna reflexión que podría ayudar a tener un punto de vista más próximo a lo que el legislador ha puesto a nuestro alcance al respecto, de lo cual parece ser que no se ha tenido mucho interés, hasta ahora en España, no así en Europa.

No debemos olvidar la existencia de una fiscalía especializada en materia de delitos contra la salud laboral, que también deberá estar informada.

Pues bien, desde la constitución de la sociedad estatal Correos y Telégrafos, S.A., cuya liberalización plena estaba prevista para antes de lo que finalmente está resultando, los problemas en esta materia no han dejado de sucederse, con un resultado fatal para los derechos de sus empleados, abocados a sufrir un permanente abuso de poder por parte de una empresa que simula ser una Administración Pública, al tiempo que los órganos encargados del control de tales incumplimientos han tenido que pasar por fases duras, hasta llegar a la actual situación en la que, hartos ellos también, de la infundada actitud de imperio por parte de quien no es otra cosa que una empresa sociedad anónima, sin privilegio legal alguno, y consecuentemente vienen poniendo las cosas en orden, con requerimientos y multas muy fuertes.

Debemos destacar que además de las múltiples constataciones derivadas de la Inspección de Trabajo, al respecto, es muy grave leer en un informe de la autoridad gubernativa afirmando que los servicios médicos no tienen licencia para actuar o que, no existen documentos en la historia clínico-laboral o que, no se ha hecho durante años una evaluación y vigilancia de la salud de trabajadores de quienes se conocía la existencia de una patología adquirida en el trabajo. Consta por escrito, reconocido por los propios responsables, son manifestaciones suyas.

Hablamos de daños causados a personas que siguen en activo.

Esto justifica la actuación del nuevo Ministro, para dar ejemplo y estar a la altura de Europa. ¿Qué otra cosa tiene que suceder para que se actúe?

Por decirlo así la Ley, dentro del sector público empresarial, las sociedades mercantiles estatales, se rigen por el ordenamiento jurídico privado.

En materia de prevención de riesgos, es la Inspección de Trabajo y Seguridad Social,la competente plena igual que ante cualquier otra empresa, para enderezar el fatal comportamiento de esta sociedad mercantil tutelada por el Ministerio de Fomento, mal avenida con la normativa y ello es así conforme al Reglamento de actuación de la Inspección ante el propio sector público, el cual en su artículo 2, dice:

1. El presente Real Decreto será de aplicación a los órganos centrales y órganos territoriales de la Administración General del Estado, así como a sus Organismos autónomos y otros entes dependientes de aquélla, y afectará a todo el personal empleado en los distintos centros, dependencias o lugares de trabajo de los mismos, con independencia de que la relación que se mantenga sea de naturaleza laboral, estatutaria o funcionarial.

2. No obstante lo anterior, a las entidades públicas empresariales no les será de aplicación el presente reglamento, quedando, en consecuencia, excluidas de este procedimiento y sometidas al régimen ordinario derivado de la plena aplicación del Real Decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones de Orden Social.

Es como decíamos, hora de dar cuentas por parte del Ministro de tutela y, debe actuar la fiscalía por haber indicios de delito en materia de prevención de riesgos; es hora también, de poner en conocimiento de Europa que, en esta materia la empresa incumple el expreso mandato de escrupuloso cumplimiento de la normativa laboral, de Seguridad Social y de salud y prevención de riesgos laborales, ¿no?

Salvo mejor parecer.

119. Salud laboral, ¿cómo avanzar sin reconocer los propios errores?

Permalink 20.04.09 @ 15:09:09. Archivado en Salud laboral

Oír de manera continuada que se comete delito, deja de ser noticia.

Cometer delito como un hábito, termina consolidando una manera de hacer.

Diariamente asistimos a manifestaciones de personas que son presentadas como ilustres, por el cargo que ocupan y por las labores que desempeñan como expertos en una materia concreta. Suena muy bien escuchar al lado de ciertos nombres, un abanico de títulos y una reseña a la eminencia que tenemos delante.

Así, se nos presenta a un médico de prevención de riesgos laborales como especialista en múltiples disciplinas para, acto seguido encontrarnos con un informe suyo que dice no percibir "indicios" sobre un impedimento del trabajador para el trabajo, al tiempo que él mismo, insiste en que no se ha hecho una evaluación del puesto de trabajo, acorde con la patología que padece el operario de quien ha dicho no percibir indicios de impedimento para trabajar, en aquel trabajo no evaluado.

Dar por apta una persona en el trabajo sin comprobar cuales son las tareas, los movimientos, las posturas, etcétera. Firmar informes sin escrúpulo, sin el más mínimo rigor científico, acomodando su contenido a la necesidad concreta de algunos empresarios-clientes. Son actuaciones de dudosa legalidad.

Se hace necesaria la urgente regulación de un sistema que garantice la independencia absoluta de quienes actúan en materia de prevención de riesgos laborales, así como de los accidentes y enfermedades profesionales. Si realmente se quiere dar solución al asunto, hay que adoptar medidas que hagan posible la autonomía e independencia de los profesionales sanitarios y técnicos de la prevención de riesgos laborales.

Oímos a ilustres directores decir: "...una empresa debe tener concretado, en su evaluación de riesgos, la formación específica que cada trabajador necesita para desarrollar su trabajo...", "...lo fundamental en la investigación es determinar los incumplimientos empresariales en sus deberes...", alguien debe reconocer estas palabras.

Cuando les toca a estos doctos señores ser parte del conglomerado empresarial, tardan mucho en adoptar decisiones conducentes a subsanar tales incumplimientos, detectables a simple vista, haciéndose vista gorda ante la comprobación de que hay personas prestando servicio sin las condiciones físicas adecuadas para el puesto que tienen adjudicado pero, que se les ha mantenido así para no reconocer que no se hicieron las cosas conforme a la Ley.

¿Cómo avanzar sin reconocer los propios errores?

Salvo mejor parecer

116.Correos y Telégrafos, ¿felicitaciones y responsabilidades penales?

Permalink 14.04.09 @ 12:39:44. Archivado en Correos, Salud laboral

Nos felicitábamos muy recientemente por los adecuados pasos que empezaba dando el nuevo Director de RRHH de Correos, decíamos que comenzar por la salud, podría suponer un voto de confianza para Don Luis Pérez Capitán.

Algo tendrá que ver, sin duda, el nuevo Presidente de la mercantil.

Correos se ha visto obligada a nombrar un Director de Recursos Humanos acorde a las circunstancias y con una trayectoria adecuada a la situación lamentable que se venía produciendo.

No hablamos de despistes puntuales, es algo mucho más grave, en la mayor empresa del Estado, se están cometiendo ilegalidades manifiestas, además, dichos actos delictivos se han venido tapando y reforzando torticeramente.

El actual Subdirector de Gestión de Personal ha tenido la osadía y la desvergüenza de manifestar por escrito, que se había tenido en cuenta una evaluación de riesgos de un puesto de trabajo, siendo esto falso, pues no existía tal evaluación de riesgos, Correos no ha hecho evaluación de riesgos. Correos, la mayor empresa del país por número de empleados, no dispone de ninguna historia clínico-laboral en los términos del artículo 37.3 c) del Reglamento de los Servicios de Prevención, como viene obligada a tener.

Se levantan voces triunfales porque, ahora, nombrado un Director ven que pondrá, parece ser, las cosas en su sitio; comenzando por crear una Subdirección de Promoción de la Salud.

Cualquiera con dos dedos de frente, se llevaría las manos a la cabeza nada más llegar y ver lo que se está haciendo con prepotencia y abuso de poder. Comprobar que existen personas con bajas muy largas o que otras prestan servicio en condiciones propias de incapacidad permanente. Una breve lectura de los escritos realizados por Don Luis Pérez Capitán, nos tienen que proporcionar cuando menos confianza, salvo contradicción con sus propios planteamientos, en que exigirá el cumplimiento de la normativa, ¡no es poco!

Hacer después de 14 años, lo que la ley indica, quiere decir que se ha estado cometiendo un delito continuado.

Que se mienta y se manifiesten falsedades en materia de salud, por un Subdirector de Gestión de Personal, con competencias para participar en el procedimiento, en la decisión incluso, de quién debe ser jubilado por motivos de salud, es muy grave. Resulta una canallada.

A los Sindicatos que no quieran ser cómplices de la situación reinante hasta el nombramiento del nuevo Director de Recursos Humanos, si quieren participar airosos de esta nueva situación, sólo les queda la opción de exigir responsabilidades por los incumplimientos habidos hasta la fecha.

Es bueno resaltar que la situación viene a ser dantesca, dado que por dejación en lo referente a reivindicaciones en la materia, se da la circunstancia de que algunos a quienes se les supone deberían de estar del lado de los empleados desde hace largo tiempo, van ahora con varios pasos por detrás, de la Dirección de RRHH en Correos. ¡Decepcionante!

¡Se ha hecho mucho daño!, daño en la salud y en la moral personal que no se puede obviar.

Da pena ver que sólo tenuemente un sindicato mayoritario y más en conciencia algunos sindicatos minoritarios hayan estado firmes, en todo momento, en la reivindicación del verdadero cumplimiento de las normas sobre salud laboral, que no es otra que la repercusión directa en los trabajadores, la adecuación de sus condiciones personales, físicas y psicosociales. Día a día, con presión en los servicios médicos de la empresa que actuaban sin autorización.

No se trata de felicitarse por lo que se empieza a hacer, es obligado depurar responsabilidades administrativas, civiles y sobretodo penales dado que existen casos de trabajadoras y trabajadores con enfermedades profesionales adquiridas como consecuencia del trabajo en Correos, en los que hay responsabilidad tanto activa como pasiva. Existen también situaciones en las que con conocimiento de alguna sección sindical, alguna trabajadora y trabajador, realiza tareas en condiciones propias de incapacidad permanente total para la profesión habitual.

Correos ha reconocido de manera fehaciente, ante la autoridad gubernativa, no cumplir con la normativa en materia de prevención de riesgos laborales, reconoció también no tener autorización para ejercer los médicos de los servicios de prevención en la periferia. Las autoridades sanitarias y laborales ya lo dijeron en su momento.

Seguiremos hablando del asunto de quienes actúan sin atribuciones y competencias.

Ahora, con los papeles en la mano, el que no exija responsabilidades, estará evidenciándose, tan sólo será necesario señalarlo.

Salvo mejor parecer.

110. Luis Pérez Capitán, el nuevo Director de RRHH de Correos, ¡si quiere, puede!

Permalink 27.03.09 @ 10:53:13. Archivado en Correos, relaciones laborales, Salud laboral

¿Se abren las ventanas en Correos y Telégrafos?, ¿entrará por fin aire fresco?.

El nuevo Director de Recursos Humanos de Correos, parece entrar con pisada firme y con buenas maneras. La intención de crear un verdadero departamento de salud laboral y prevención de riesgos en forma, podría ser el primer gran paso para el cambio.

Luis Pérez Capitán, ha llegado muy recientemente para hacerse cargo de la responsabilidad en los Recursos Humanos de la mayor empresa del Estado, una sociedad mercantil que ha estado, hasta la fecha, dominada por prepotentes amparados en el "poder", de espaldas al buen hacer, negados absolutamente a introducir los necesarios cambios, han primado la falta de respeto y la mala fe.

¡Cambios, cambios!, decía un docto y comprometido progresista a un político de alto nivel entre los socialistas, refiriéndose a la sencilla solución de los problemas de Correos. Pero, si los cambios se producen muy lentamente, el efecto es precisamente el contrario. Correos ha sido siempre un objeto experimental, la avanzadilla de las relaciones laborales emanadas del Gobierno en su dirección como Administración-empresario. Llegados a tan amplio nivel de liberalización, cuando se ha constituido en una mercantil de pleno, la lentitud en los cambios, podría ser una muestra clara de la falta de capacidad gestora del Gobierno de turno, ¡no valen las disculpas!

Empezar por la salud, siempre que los cambios estén dirigidos a los destinatarios de la misma, es algo loable y que le va a proporcionar un voto de confianza realmente importante al señor Pérez Capitán.

Un humilde y contundente diseño de prevención de riesgos con un responsable experto en prevención de riesgos, en la cabecera de cada zona territorial de la empresa, es un buen comienzo.

Seguir sin pausa, con los cambios, como si de un solo acto se tratare, sería la solución a los infundados desatinos llevados a cabo, hasta ahora mismo, por gente sin preparación, con mala fe y prepotentes, que vienen actuando de manera torticera, con el "¡es así porque lo digo yo!" por delante, con actuaciones incomprensiblemente contrarias al derecho, de espaldas al interés general, con mentiras, falseando incluso sus propias atribuciones y competencias, encubriendo y dando amparo a quienes contrarían las leyes. Gente que habrá de quedar fuera.

Es hora de hacer un pequeño esfuerzo por la consolidación del empleo y la armonización de las condiciones específicas del personal con relación jurídica laboral, colectivo que está llamado a ser la base humana de la empresa. Asimismo, conviene un decidido empeño por introducir las merecidas buenas maneras hacia el personal funcionario, permitiéndose una salida formal incentivada profesionalmente para el colectivo que ha sido la columna vertebral de la imagen sólida y respetada de lo que hoy quiere ser una empresa moderna.

Sí, ¡cambios!

Cosas sencillas, cuya solución está en manos de Luis Pérez Capitán. ¡Si quiere, puede!

Salvo mejor parecer

93. La zorra en el corral. Comités de Seguridad y Salud laboral

Permalink 10.12.08 @ 21:30:24. Archivado en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, Salud laboral

El Comité de Seguridad y Salud Laboral es el órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos.

El Comité estará formado, por el empresario o por sus representantes en número igual al de delegados de prevención, que son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales.

Las organizaciones sindicales, en muchos casos, no se han percatado de que están siendo utilizadas sibilinamente por ciertos empresarios listos y bien asesorados; de tal modo que con su actuación en los Comités de Seguridad y Salud, sin duda alguna, en la mayoría de casos por desconocimiento, están dando carta blanca a irregularidades en la actuación empresarial. A saber:

El Comité de Seguridad y Salud, está facultado para:

Conocer directamente la situación de la prevención de riesgos en los centros de trabajo.

Conocer los documentos e informes que sean necesarios, relativos a las condiciones de trabajo, así como los procedentes de la actividad del Servicio de Prevención.

Conocer y analizar los daños producidos en la salud o en la integridad física de los trabajadores.

Conocer e informar la memoria y programación anual del Servicio de Prevención.

Los representantes de los trabajadores en el Comité de Seguridad y Salud si no formulan denuncia ante las anomalías y los incumplimientos en materia de salud laboral, están siendo de alguna manera cómplices privilegiados, sin duda involuntarios, de cualquier mala situación en prevención de riesgos.

A las reuniones del Comité pueden asistir y participar con voz y sin voto, trabajadores de la empresa que cuenten con especial cualificación o información respecto de concretas cuestiones a debatir. Tan sólo es necesario que lo solicite alguna de las representaciones.

La inexistencia de toda o alguna documentación que por ley sea obligatorio tener por la empresa a disposición de las autoridades, debe ser detectada y exigida por los miembros del Comité, sin pretexto alguno, salvo la ignorancia alimentada por la confusa o falta de información al respecto pues, a nadie se le ocurre pensar que pretendan, los representantes de los trabajadores, ser cómplices activos del incumplimiento empresarial.

Los daños sufridos por los trabajadores en su salud e integridad física con motivo del desempeño del trabajo, es algo que no puede escaparse del control del Comité de Seguridad y Salud. La falta de actuación en este sentido, es casi lo mismo que inexistencia del propio Comité.

El control de las actuaciones del Servicio de Prevención (medios, programas, personal técnico y sanitario), el conocimiento y la capacidad de informar la memoria del mismo haciendo la crítica e incidiendo en las denuncias, son las armas fundamentales para el impulso de la adecuada prevención de los riesgos laborales.

¿Para qué tener pues, un Comité de Seguridad y Salud?

La Ley prevé su existencia y las empresas, no sin reticencias, lo han ido creando y lamentablemente, en muchos casos, vacío de contenido, ineficaz, incluso como medio para convalidar ciertos incumplimientos dejando pasar, por desconocimiento, actuaciones irregulares, ilícitas e ilegales.

Así, nos encontramos en pleno siglo XXI, pasados trece años desde la aprobación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en España, con que empresas de mucha importancia productiva y social, tienen constituido Comité de Seguridad y Salud en los ámbitos central y provinciales en cuyo seno, como representantes de la empresa han situado a miembros del Servicio de Prevención, que incluso, en casos, se trata de médico del mismo.

Ya en otra ocasión, hablábamos en este sitio de la incompatibilidad manifestada por la organización médica colegial y por los tribunales, en el sentido de considerar que los médicos de empresa no pueden ejercer labores de control de ausencias al trabajo por causa de enfermedad, situaciones de incapacidad temporal, conocido como control de absentismo por bajas. La función de los médicos del Servicio de Prevención, es precisamente la PREVENCIÓN DE LOS RIESGOS y en tal sentido habrán de conocer los motivos de baja por enfermedad, a los solos efectos de la prevención, que habrán de tener en cuenta, en su caso, respecto del desempeño del trabajo, para ninguna otra acción, no puede ser por tanto ninguna otra la causa por la que conozcan los motivos de baja por IT de los trabajadores.

Justamente, también el Comité de Seguridad y Salud, tiene como función prevenir que la empresa no utilice al Servicio de Prevención como instrumento para disimular situaciones de enfermedades profesionales, adquiridas con motivo del desempeño, paulatino e incontrolado, del trabajo habitual o como medio disuasorio para impedir que los trabajadores sigan las recomendaciones de sus médicos asistenciales del sistema de salud, conducentes a la mejoría y adecuada cura de sus patologías. Las organizaciones sindicales deben asimismo asistir a las reuniones del Comité por medio de delegado sindical, con voz y sin voto, pero que permite la doble vertiente, es un derecho que le asiste y que no se ha conseguido en vano. El Comité de Seguridad y Salud, puede denunciar estas situaciones y además los miembros del mismo, representantes de los trabajadores, deben hacerlo llegar a sus organizaciones sindicales para que actúen ante las autoridades administrativas y judiciales, cuando detecten anomalías de forma o actuaciones irregulares.

Lo que sí supone el colmo y ronda la ridiculez más absoluta, es la de ver como, en ciertos Comités de Seguridad y Salud, por la parte empresarial se nombra a un miembro del Servicio de Prevención; más lejos llegan quienes deciden que sea un médico de dicho servicio, no imparcial pues de lo contrario se negará de plano; ya alcanzan la cumbre los que habiendo dispuesto como uno de los representantes de la empresa a un miembro del Servicio de Prevención, éste resulta ser médico de dicho servicio y además consiguen que el Comité le nombre su presidente. ¡La zorra en el corral!, ¿no?.

Salvo mejor parecer.

Blogs
Cajón de sastre

Cajón de sastre

Sintel…éfonos no hay escuchas.

Rufino Soriano Tena

E-Learning

E-Learning

Participa en el debate y te regalamos una entrada

José Lozano Galera

Rumores de Ángeles

Rumores de Ángeles

Ni San Sebastián es un erial espiritual ni Munilla será su salvador

Rumores de Ángeles

Fogon’s corner

Fogon’s corner

Con estilo: The Knife

Marie-José Martin Delic Karavelic

Voto en Blanco

Voto en Blanco

La izquierda mundial, enamorada del fanático Ahmadinejad

Francisco Rubiales

El blog de X. Pikaza

El blog de X. Pikaza

De Roser Puig para Carmen H., sobre el aborto en perspectiva feminista

Xabier Pikaza Ibarrondo

Hermosillo

Hermosillo

Narcos Los Tucanes de Tijuana, según la polícia municipal fronteriza

Efrén Mayorga

Crónicas Bárbaras

Crónicas Bárbaras

Cunetas para políticos

Manuel Molares do Val

Punto de vista

Punto de vista

Sólo un 0’7% de los cargos públicos

Vicente Torres

Secularizados, mística y obispos

Secularizados, mística y obispos

Al nuevo Obispo de San Sebastián José Ignacio Munilla

Josemari Lorenzo Amelibia

Gallegos hispanohablantes

Gallegos hispanohablantes

08 y 09.- Racismo nacionalista en la literatura galleguista de los siglos XIX y XX.- El siglo XX.- Conclusiones y bibliografía.

JUAN JULIO ALFAYA

El club de los amigos malos

El club de los amigos malos

Yo acuso - Julio San Francisco

Julio San Francisco

Políticamente acorrecto

Políticamente acorrecto

Intereconomía se apunta a la teta del 11-M

José Donís Català

Diálogo sin fronteras

Diálogo sin fronteras

Atacar lo católico sale gratis

Carmen Bellver

El buen vivir de Juan Luis Recio

El buen vivir de Juan Luis Recio

Premio "Best of" Internacional para Muga

Juan Luis Recio

Humanismo sin credos

Humanismo sin credos

Santa Cecilia, además de ser patrona de los músicos por error , no se sabe si existió.

Asoc. Humanismo sin Credos

El Blog de Otramotro

El Blog de Otramotro

Padres y paños calientes

Ángel Sáez García

Soy físico y Católico pa más INRI

Soy físico y Católico pa más INRI

La flagelación de Wojtyla (Rectifico).

Julián Moreno Mestre

Galería de Arte

Galería de Arte

Nos vigilan

Siro López

Contracorriente

Contracorriente

El espíritu sopla en las Clarisas de Lerma... aunque le pique a El Pais (VIDEO)

Rodrigo del Pozo Fernández

Haz de PD tu página de inicio | Cartas al Director | Publicidad | Buzón de sugerencias | Publicidad
Periodista Digital, SL CIF B82785809
Avenida de Asturias, 49, bajo - 28029 Madrid (España)
Tlf. (+34) 91 732 19 05
Aviso Legal | Cláusula exención responsabilidad

redaccion@periodistadigital.com Copyleft 2000

b2evolution Creative Commons License
This work is licensed under a Creative Commons License.
Noticias Periodista Digital | Periodista Latino | Reportero Digital | Ciudadano Digital | Chistes, Videos y Poesias