140. Es menos costoso cumplir las normas. ¡En Correos no se cumple la ley!

Permalink 10.07.09 @ 19:15:27. Archivado en Correos, Justicia, Salud laboral

Tras un largo recorrido utilizando incluso medios indirectos se ha podido llegar a tener constancia declarada, por la que se establece quién es competente en materia de incumplimientos de las normas de prevención de riesgos laborales en Correos y Telégrafos, S.A.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, siendo ponente Don Francisco Javier Cambón García, quién formó sala con Don Fernando Seoane Pesqueira y Doña María Dolores Galindo Gil, ha dictado Sentencia (sientan precedente) respecto de la entrega de la HISTORIA CLÍNICO-LABORAL. Considera el Tribunal, junto con la abogacía del estado, que de existir incumplimientos de Correos, de la legislación de riesgos laborales, el órgano competente es la Inspección de Trabajo.

La cuestión no tiene desperdicio, después de años de espera, dando muchas vueltas respecto de la competencia para actuar cuando se produce un incumplimiento de prevención de riesgos, viéndose afectado un funcionario de los cuerpos de Correos y Telecomunicación a extinguir. Es la primera vez que un órgano judicial dice tan claro coincidiendo textualmente con lo afirmado por la abogacía del estado que, de existir incumplimientos de Correos, el órgano competente es la Inspección de Trabajo.

El funcionario habiendo sido citado en octubre de 2006 para recibir la documentación que pidió expresamente en julio de 2006, se negó a recibir otra documentación distinta a la que establece el artículo 37.3 c) del Reglamento de los Servicios de Prevención, en relación con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

La abogacía del Estado dijo haberse permitido el acceso a la documentación que se tenía y, continúo, textualmente: ..."Otra cosa es que en ese expediente -no estén- todos los documentos que el recurrente cree que debería haber o que los que haya no sean de su agrado."

Lo cierto es que, todos somos conocedores y así nos lo recordaban en palabras recientes del Ministro de Justicia, referentes a personajes presuntamente corruptos: "...la ley es de obligado cumplimiento para todos...", por tanto si la Ley y su desarrollo dicen que hay que vigilar la salud de los trabajadores y que debe existir una HISTORIA CLÍNICO-LABORAL confeccionada de una manera concreta, nadie, puede ser diferente al respecto y si tal documentación no obra en tales condiciones, resulta feo, incluso grosero puntualizar que no puede entregarse lo que no resulte del agrado del interesado, o que pide lo que cree debería haber. Se trata simplemente de reconocer por la empresa, como más tarde ha tenido que hacer, que no se tiene porque no se ha cumplido con la Ley, porque se actúa ilegalmente, de manera contraria al ordenamiento jurídico, no se vigila la salud de los trabajadores y consecuentemente no se tiene lo que manda la Ley, por activa y por pasiva.

El funcionario solicitó expresamente le hicieran llegar, textual:
"Documentación aplicable al caso que por mandato de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales LPRL, 31/1999, de 8 de noviembre, artículos 22 y siguientes y, 37 y concordantes del Reglamento de los Servicios de Prevención deberá disponer la empresa y, que en su momento no le fueron facilitados".

El Reglamento de los Servicios de Prevención, en su artículo 37.3 c), párrafo segundo establece:

Los exámenes de salud incluirán, en todo caso, una historia clínico-laboral, en la que además de los datos de anamnesis, exploración clínica y control biológico y estudios complementarios en función de los riesgos inherentes al trabajo, se hará constar una descripción detallada del puesto de trabajo, el tiempo de permanencia en el mismo, los riesgos detectados en el análisis de las condiciones de trabajo, y las medidas de prevención adoptadas.

La Sala transcribe textualmente, en los fundamentos jurídicos las palabras de la abogacía del estado, que dice: "... y si algún incumplimiento de la legislación de riesgos laborales existiese, el órgano competente para depurarlos es la Inspección de Trabajo, bajo la dependencia funcional, en este caso, de la Xunta de Galicia..."

Evidentemente, el legislador ha querido dejar claro en que consiste una HISTORIA CLÍNICO-LABORAL, y que habrá de reunir precisamente esos requisitos, no otros, por lo que la falta de tal documentación implica no haberse cumplido la normativa respecto de la vigilancia sobre la salud.

En su día, una Inspección provincial de Trabajo, seguramente por error, se había declarado incompetente para la reclamación de tal documentación por tratarse de un funcionario, habiendo sugerido la inspectora experta, que ejerciera la acción ante el órgano competente; el funcionario se encontró con que la justicia y la abogacía del estado entienden que "...si algún incumplimiento de la legislación de riesgos laborales existiese, el órgano competente para depurarlos es la Inspección de Trabajo...". Una vuelta al principio, a lo que ya sabía. Lo mejor es que uno puede encontrarse en una conferencia a la que asiste invitada una persona que hace estas cosas, pero hablando dice otras distintas, aludiendo a que debe cumplirse la Ley, que la Historia clínico-laboral es uno de los medios, por el cual se conoce el cumplimiento de la misma.

La Xunta de Galicia, en el año 2008, también se había manifestado en el mismo sentido, habiendo remitido la autoridad laboral (autonómica) las denuncias ante la Inspección de Trabajo.

Ahora la Inspección debe de actuar puntualmente.

Debemos destacar que el Real Decreto regulador de la actuación de la Inspección de Trabajo en el ámbito de la Administración General del Estado, establece:

..."1. El presente Real Decreto será de aplicación a los órganos centrales y órganos territoriales de la Administración General del Estado, así como a sus Organismos autónomos y otros entes dependientes de aquélla, y afectará a todo el personal empleado en los distintos centros, dependencias o lugares de trabajo de los mismos, con independencia de que la relación que se mantenga sea de naturaleza laboral, estatutaria o funcionarial.

2. No obstante lo anterior, a las entidades públicas empresariales no les será de aplicación el presente reglamento, quedando, en consecuencia, excluidas de este procedimiento y sometidas al régimen ordinario derivado de la plena aplicación del Real Decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social..."

Ahora en 2009, la Fiscalía se manifiesta también en el mismo sentido, Correos debe ser tratada como cualquier empresa, excluida del tratamiento de las administraciones públicas.

De lo dicho más arriba, evidentemente, quedó claro que la empresa no tenía, no tiene los documentos que el recurrente cree que debería haber toda vez que, según reconoce la abogacía del estado, "se le ofreció lo que había", que no era lo que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el Reglamento de los Servicios de Prevención exigen muy claramente.

Ciertas personas de la empresa han cometido delito, ¿no?. El interesado ha sufrido daños de cuya responsabilidad no pueden librarse. La paciencia y la calma, han permitido que cada día lo hayan estropeado un poco y que la cuestión haya llegado a un punto sin retorno. Los nuevos responsables carecen de medios para subsanar los errores cometidos, tan sólo les queda asumir lo ocurrido y hacer las cosas bien a partir de su llegada.

Hay por tanto un incumplimiento muy grave, que resulta extremado por reiterativo, y porque sin duda se repetirá en todos y cada uno de los empleados de Correos y Telégrafos, en todo el Estado español.

¿Por qué no se han hecho las cosas conforme a la Ley?, ¿se ha tratado de una prepotencia o se pretendieron tapar las ilegalidades a la vieja usanza?.

A veces parece que alguien añora tiempos de la dictadura, en los cuales por cierto y, paradójicamente, cualquier responsable en materia de Seguridad e Higiene en el Trabajo, actuando de esta manera torticera, hubiera salido con una buena patada en el trasero. Ahora mismo, algún subdirector de personal, sigue con su trasero sentado, dando brillo a la tela de su pantalón, a pesar de certificar en falso, creyéndose importante, pero sabiéndose ridículo y mentiroso.

Muy recientemente la Inspección de Trabajo, que es competente en la materia, corroboró y constató que no hay historia clínico-laboral completa del recurrente; que no se han hecho evaluaciones de riesgos durante años, reconocido expresamente por la propia empresa; que tampoco se cumplieron las exigencias del control de salud en materia preventiva; constata la Inspección de Trabajo que se intentó, por la empresa, reiteradamente simular la entrega de lo que no tenían, no tienen; en un acto delictivo claro, vergonzoso.

Una serie de incumplimientos de la normativa de Prevención y Salud Laboral, detectada por el órgano competente, que es la Inspección de Trabajo.

En su día, el 23.08.2007, hablábamos de esto.

Una vuelta muy grande, acudiendo pacientemente ante los tribunales aun en contra de su propio criterio, para concluir, tres años más tarde, que era competente el órgano a quién en un principio se dirigió el recurrente y para terminar comprobando que la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, no ha cumplido y sigue sin cumplir con la Ley, al no asumir lo mal hecho hasta el momento.

Incumplimientos de mucho calado, delito claro cometido reiteradamente con prepotencia torticera, por una empresa del Estado, Correos y Telégrafos, S.A.E. en manos hoy de los dirigentes socialistas.

Campañas divulgativas del Gobierno socialista sobre la necesidad de cumplir con las normas de prevención. Multas a los empresarios que incumplen las leyes en la materia, mientras tanto, la mayor empresa del estado, da la espalda a los derechos de sus empleados, con total impunidad.

Ejemplo de agravio comparativo.

No valen los intentos de entrega, no sirve que hagan firmar un folio por el cual se afirma el recibí de una documentación concreta. Es necesario que se haya cumplido la Ley en sus propios términos, que exista la documentación que acredita haberse realizado el seguimiento de la salud (habiéndose realizado de manera real y probada no sólo a través de la firma de un folio que acredite la recepción de unos documentos), haberse procedido a la adecuación del estado de salud respecto a las condiciones de trabajo, cuestión que no sólo se acredita a medio de documentos, ha de realizarse in situ. Lo contrario es un fraude, obra de delincuentes. Título que habrán de ostentar quienes les protegen, amparan y convalidan.

Se hace necesaria la intervención sindical.

¿De que nos vale que hayan contratado a un supuesto experto en la materia, si convalida actos delictivos previos a su nombramiento?. No se trata sólo de cambiar, que también. Se trata de exigir responsabilidades por lo actuado por acción y omisión, se trata de restablecer los derechos de los perjudicados. Aislar a quien tenga firma en materia de personal pero ha cometido falsedad y dice mentiras, sin pudor, sin sentir vergüenza de sí mismo.

Seguimos erre que erre, es menos costoso cumplir las normas. ¡En Correos no se cumple la Ley!

Salvo mejor parecer.

126. Falsos, malos, perversos, crueles...

Permalink 14.05.09 @ 07:20:13. Archivado en Justicia, Ministro de Fomento - José Blanco

A pesar de todo, Zapatero tiene capacidad de ilusionar, habrá de aprovechar momentos como el actual para limpiar lacras crónicas que producen mal efecto. Van saliendo cosas que finalmente resultarán incómodas pero "nunca es triste la verdad, lo que no tiene es remedio". Si hubiera que hacer un diagnóstico y mojarse al respecto, podría decirse que empezó mal y terminó muy bien, la oposición un cero, los nacionalistas ¡na!

Hoy quiero añadir otro poquito de la triste y siniestra historia de la empresa pública por excelencia, mal tratada por sus avaros inquilinos.

Pasó así como lo cuento y como podréis comprobar más abajo al final de este artículo.

Falsos, malos, perversos, crueles. Están en una empresa tutelada por el Gobierno y no les ha pasado nada.

Sucedió que el Secretario General de la sociedad anónima de Correos envió un informe al Ministerio de Fomento en el año 2007, en el cual prueba que el Jefe Provincial de Correos de Pontevedra emitió un certificado falso -falso su contendido y falsa la firma-, dicho documento fue presentado por la asesoría jurídica de Correos en un Juzgado a fin de reforzar que lo que ellos defendían, en fraude, era avalado por un supuesto cargo provincial (sin competencias, dando la apariencia de una certificación de un organismo oficial, de la Administración Pública).

El Consejo de Administración de Correos no puede ignorar que el Jefe Provincial de Pontevedra no tiene poderes notariales y por tanto carece de competencia y atribuciones. Quien otorga los poderes sabe quien los tiene, ¿no?. El delito es triple, falso el contenido, falsa la firma, falsa la autoridad que citan. Cabe otra falsedad, la cuarta pues el susodicho auto-denominado jefe provincial que no lo era, ni lo es, tampoco tiene competencias en el ámbito privado al no haberle sido conferidas.

Con motivo de haberse detectado la presentación por la asesoría jurídica de Correos y Telégrafos, de un documento falso ante un Juzgado de lo social, la interesada una vez comprobada tal falsificación pidió a la Vicepresidenta del Gobierno, la localización de la persona que había elaborado tal documento falso, el Ministerio de la Presidencia muy atentamente dio traslado de la petición al Ministerio de Fomento, a cuyo frente estaba Doña Magdalena Alvarez.

Fomento, a través del Servicio de Comunicación con los Ciudadanos, contestó a la peticionaria acompañando un informe elaborado por el Secretario General de la sociedad anónima, en el cual dice:

"La certificación a la que se alude en el escrito de referencia, fue emitida por el Jefe Provincial de Correos de Pontevedra en el marco del procedimiento judicial promovido por Dª .... como consecuencia de la finalización de su contrato laboral que mantenía con Correos"

El documento en cuestión, está firmado con una firma ilegible y al lado dice P.O. Don .... (aparece el nombre y apellidos de quien se auto-denomina Jefe Provincial que ya muchos conocen)

El informe remitido a la Ministra, reconoce que lo firma el Jefe Provincial en Pontevedra, pasando por alto que en escrituras no es apoderado, este señor carece de atribuciones, lo que supone 1) que ese tal personaje con nombres y apellidos emitió -sin necesidad, sólo por hacer daño- una certificación con forma oficial "CERTIFICO QUE...", decía falsedades, demostradas en juicio; 2) que se hizo pasar por lo que no es y 3) que no ha dado la cara para decir que esa firma y certificación con contenido falso en un acto de usurpación de atribuciones era suyo, sabe que se busca al presunto delincuente, pero impera el silencio en un claro acto de cobardía muy propio de las personas que son así, y que seguirá habiéndolas siempre inevitablemente.

Otros señalan en voz baja, que es otra persona que falsificó la firma, que lo hace habitualmente, delincuente habitual en materia de falsificación documental, que ostenta cargo. Son habladurías, habría que ser muy cochino para hacer eso, de manera oculta, perjudicando durante años a familias.

Lo que si es posible, es conseguir que alguien decente, ponga fin a la prepotencia de estos individuos y les castigue.

Más abajo en su escrito, el Secretario de Correos se luce, tratando de hincar su dedo en lo que él supone es la llaga de una victima indefensa y termina diciendo:

"... En este punto sólo queremos recordar que la conformidad a Derecho de la exclusión de las Bolsas de Empleo de Correos de los trabajadores despedidos e indemnizados por despido improcedente ya ha sido debatida en vía judicial, habiendo recaído numerosas resoluciones favorables a la Sociedad, entre ellas la sentencia de 22 de febrero de 2005 dictada por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional." (sic).

Sólo una mala persona puede cebarse así con la interesada, que en aquel momento todo lo tenía en contra, se ceba sin necesidad alguna pues pudo limitarse a contestar, lo que se pedía, saber quien había emitido la certificación falsa, pero no, habló llenando el texto de su prepotente razón, ¡el cuitado!, fanfarroneó de que en Correos pisotear los derechos fundamentales de los ciudadanos es conforme a Derecho.

¿Qué nos dice ahora?.

Si a todos los juicios aportan pruebas como la que aquí denunciamos, falsas, llenas de maldad y crueldad, no es de extrañar lo difícil de hacer salir a la luz la verdad. Con razón estaba altivo el importante empleado, lleno de poder, aunque no suyo.

Ahora no valen los argumentos que dio el hombre de altos vuelos -gallo perico-, dicen en algunos pueblos, quien se llenó la boca con una normativa que adoptó como suya "dado que nuestra normativa de contratación exige..." (sic).

El Tribunal Supremo declaró que era contrario al principio de igualdad, derecho fundamental consagrado por la Constitución, el excluir a las personas de una Bolsa de contratación por el simple hecho de hacer uso de un derecho fundamental, cual es reclamar un fraude. El más alto tribunal de justicia le dice al informante de Correos que su normativa, la del empleado secretario, no era conforme a derecho, que no debe ser la de una empresa de todos los españoles, ni la de ninguna empresa que opere en un Estado de derecho.

Que opinión nos puede merecer, que calificativo le damos a un elemento tan vulgar, que firma como "el Secretario General", ¡alto título!, baja calidad. Se cebó con sorna en su informe, haciendo hincapié en algo que no era motivo de petición, dando a entender que la interesada no era grata, que había sido pagada, que en esta "su casa", la del empleado secretario, no puede trabajar, ni venir a saber quién ha falseado la verdad, conocer quien ha falsificado documento, en contra de sus derechos, de los intereses de los suyos que se han visto privados de ingresos, por la gracia de cuatro iluminados que tienen la suerte de que nadie les para los pies.

Todo en una gran empresa con capital de todos, tutelada por un Gobierno de Zapatero, que no puede consentir esto, estoy seguro que no le agradan cosas como esta.

El Juzgado de lo social ha dado fe de la certificación en cuestión. La petición a la Vicepresidenta del Gobierno no fue resuelta, quedó en el mediocre INFORME del nefasto secretario, todos después dijeron a la interesada que ya no era de la casa, que la habían echado, ya nada tenía con ellos.

La justicia finalmente le dio la razón, le dice que la casa no es de gallo perico, que sigue siendo también suya y de todos los que como ella, celebran contrato cuando son llamados por justo orden de las Bolsas de empleo.

Hoy puede la interesada retomar todo este asunto, llevando a los presuntos delincuentes al juzgado. Acaba de conocer que quién sigue auto-designándose como Jefe Provincial, era también un farol. No hay prescripción. En lo que respecta al Secretario, sentir pena porque no tiene agallas para desdecirse de la tamaña burrada que redactó en términos de poder, que no tiene.

Venimos hablando largo y tendido de personas cuya actitud no es adecuada. Ojalá los cambios traigan mejores tiempos y que esos seres malos desaparezcan, que se purifique el ambiente.

Que nadie tenga miedo a gente tan débil, que usurpa atribuciones al margen de las normas de todos.

Hay problemas que resolver. ¡A ver!

Documentos:


1) ESCRITO DEL MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

2) ESCRITO DEL MINISTERIO DE FOMENTO

3) INFORME DEL SECRETARIO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION DE CORREOS Y TELEGRAFOS, S.A.

117. En Correos y Telégrafos, limpieza. Confiamos en el Ministro de Fomento, José Blanco

Permalink 15.04.09 @ 02:04:06. Archivado en Correos, Justicia, Pepe Blanco

Irregularidades en Correos de Pontevedra y alguna otra provincia.

Ante las presiones ejercidas y el traslado de denuncias encauzadas por otras autoridades, el Subdirector de Gestión de Personal de Correos y Telégrafos ha reconocido por escrito que las licencias por enfermedad de los funcionarios de la Jefatura Provincial de Correos de Pontevedra, actualmente son firmadas por él mismo, el propio Subdirector de Gestión de Personal.

Este reconocimiento supone que se ha venido cometiendo delito de manera reiterada, al usurpar atribuciones que no se tenían. Lo hemos venido diciendo hasta el aburrimiento.

Se han venido cometiendo irregularidades muy graves, no sólo firmaba licencias por enfermedad y otros actos administrativos el Jefe Provincial, careciendo de atribuciones y competencias, sino que también firmaba y dictaba actos administrativos, sin tener poder para ello el Jefe de Económico-Administrativos quien firma asimismo, en ocasiones, como Jefe Recursos Humanos;ambos señalaban poseer poder otorgado por el Consejo de Administración de fecha 24.09.2004, era falso, no tienen tal poder notarial, siguieron firmando y falseando hasta fechas muy recientes.

Se hizo necesaria una intensiva denuncia de tales hechos, durante un largo tiempo que ha redundado en que, ahora, deba firmar las licencias el Subdirector de Gestión de Personal.

Ha firmado, asimismo, autorizaciones, permisos, etcétera, el Jefe de Distribución de Vigo, sin poder notarial.

Las atribuciones que el Consejo de Administración de Correos y Telégrafos, S.A. ha conferido a los jefes provinciales de Correos y Telégrafos de España, que constan con nombre y apellidos y DNI, en escritura pública, en materia de personal, son las siguientes:

"La facultad contenida en el número 15 de forma solidaria únicamente en lo referente a la celebración de contratos con trabajadores eventuales, autorizaciones, permisos y licencias e imposición de sanciones leves respecto del personal en su ámbito de actuación".

En el listado donde aparecen los nombres y apellidos, así como el DNI de aquellos jefes provinciales a quienes se les atribuyen las competencias señaladas en el párrafo anterior, resulta que no aparecen algunas provincias españolas, entre ellas la de PONTEVEDRA. Ningún jefe de Económico-Administrativos, ni de Distribución de España, en Correos y Telégrafos, S.A., dispone, en escritura pública, de las referidas competencias y atribuciones.

Se requiere limpieza, confiamos en el Ministro de Fomento.

112. El PSOE podría estar permitiendo la comisión de delitos y por contra denuncia la presunción de otros.

Permalink 02.04.09 @ 11:55:56. Archivado en Justicia, Opinión

En Torrejón de Ardoz (Madrid) los socialistas se quejan de que un presunto homófobo sea nombrado sargento de la Policía Local. Dicen desde el PSOE que dicho señor, no ascendería si el Partido Popular, en el gobierno, le hubiera abierto un expediente disciplinario, aplicando las medidas cautelares previstas por la normativa.

En el ámbito del Estado, como ya hemos dicho en muy reiteradas ocasiones, y que seguiremos diciendo las veces que hagan falta, los responsables ahora mismo bajo la dirección socialista, hacen oídos sordos a denuncia sobre la existencia de personas en Galicia que practican la usurpación de atribuciones sin poseer poderes, firman aduciendo tener potestades que no tienen y realizan actos administrativos o disponen a su antojo sin haber sido apoderados para ello. La cuestión ha sido puesta en conocimiento del Ministerio de Fomento, del Ministerio de Administraciones Públicas, de la Subdelegación de Gobierno, de la Inspección General de Servicios de la Administración General del Estado, de la propia empresa estatal Correos y Telégrafos, donde se están produciendo tales irregularidades, sin que se haya procedido a apartar a los autores de tales irregularidades delictivas.

Lo realmente importante de esta comparativa, redunda en que, uno de los actuantes que opera en la provincia de Pontevedra, en su día fue juzgado por lo penal y condenado como delincuente por malversación de fondos públicos y delito continuado de falsificación documental. No se le abrió expediente administrativo.

Los socialistas conocen todos estos extremos, como es lógico, pues dirigen la sociedad estatal donde se producen tales delitos y además, todas las autoridades señaladas en el segundo párrafo de este artículo han recibido las denuncias al respecto. ¿Qué ocurre?, ¿es suficiente con contestar que se remite la denuncia a Correos?, ¿no importan los delitos?.

El Subdirector de Gestión de Personal de Correos, que presumo suele decir algunas mentiras en aspectos referidos al control de la salud de los empleados; se limita a decir que el delincuente pagó su pena y que respecto de la usurpación de atribuciones desde ahora él mismo (el Subdirector de Gestión de Personal) firmará las licencias de enfermedad de la provincia de Pontevedra. Pretende, así, parece ser, tapar los delitos cometidos hasta la fecha durante años, sin aplicarse expedientes administrativos sancionadores. El Subdirector sin inmutarse, da la sensación de querer tapar algo, como si con él fuere algo, acogiéndose al silencio administrativo, arma que utiliza incluso de manera arrojadiza.

Se ha dado la circunstancia de presentarse en juicio como prueba, por parte de la asesoría jurídica corporativa de Correos, un documento afirmando hechos, que resultaron no ser ciertos, donde consta una firma que nadie identifica y que hace alusión "por orden" del Jefe Provincial de Pontevedra, jefe que carece de atribuciones al no disponer de poder al efecto y menos de potestad para permitir que otro firme por orden suya. Este extremo fue llevado a Vicepresidencia del Gobierno y a la Delegación del Gobierno en Galicia, la respuesta es que son competencias de la Sociedad Estatal, sin más trámite que remitirlo a la misma. Hoy sigue sin darse solución al asunto. ¿Claridad?, ¿cumplimiento de las leyes?. La Vicepresidenta insiste incluso en sede parlamentaria en la necesidad del cumplimiento de las leyes.

En la comparativa, los socialistas del PSOE en Torrejón dicen: "si se demuestran las acusaciones de homofobia, el PP será responsable de no haber abierto expediente disciplinario y aplicado las medidas cautelares tipificadas en el reglamento sancionador".

En Correos, sin embargo, se ha demostrado el delito, se ha denunciado que continúan cometiendo delito de usurpación de atribuciones, dictándose actos administrativos irregularmente pero, los socialistas no actúan, no actuaron.

¿Por qué?

91. Disculpe el Señor

Permalink 19.11.08 @ 07:20:46. Archivado en Justicia

Son tiempos difíciles para la clase trabajadora.

La desconfianza cada día ocupa un lugar más preferente en los pensamientos de los trabajadores que van viendo como el Gobierno mantiene reuniones de alto nivel, al tiempo que hace un millonario reparto de fondos para salvar la economía de unos pocos, de aquellos que por boca de si mismos, no han sido lo suficientemente solidarios.

Desde la oposición, una vez más, se hace demagogia y en esta ocasión a costa del desempleo, queriendo achacar a los gobernantes la culpa de todos los males que se nos están viniendo encima. Es sabido que la problemática actual estaba anunciada.

Por múltiples razones, habremos de pasar, todos, por tiempos difíciles. Es necesario jugar limpio y no meterse en camisas de once varas, hablando del crecimiento del desempleo con frivolidad, como si con uno no fuera nada.

Lo hemos dicho, no una sino varias veces, y volveremos a decirlo: Juan Somavia, Director General de la OIT invitó a los altos responsables mundiales tanto de las empresas como de los gobiernos a que se adopten medidas urgentes, sentenció que la crisis del empleo amenaza la credibilidad de las democracias del mundo, anunció que "La crisis no va a pasar desapercibida ni en las calles de los países ricos ni en las de los pobres" y que "El trabajo decente está en el corazón de las preocupaciones económicas y sociales de todas las personas".

Es muy importante no olvidar que al lado de las soluciones financieras, habrán de afrontarse soluciones sociales y, estas, han de tratarse con quienes representan a las trabajadoras y a los trabajadores, los propios ciudadanos.

El Presidente del Gobierno, viene obligado a hacer un pequeño esfuerzo por verse cara a cara con el mundo del trabajo; una reunión con los representantes directos de los trabajadores, resultará, sin duda, sencilla y enormemente productiva.

La oposición, por supuesto, debería hacer otro tanto. Siempre resultará mejor, una reunión sincera con la parte social, la que resultará más castigada por la crisis, que persistir en la crítica sin fondo, ante quienes no pueden comulgar con ruedas de molino.

Sino, ¿qué podemos hacer?, ¿dejar que todo se malogre y se llene el recibidor de pobres?, ¿cantar?.

Cantemos, letra y música de Joan Manuel Serrat. Pincha: Disculpe el señor

Salvo mejor parecer.

89. Pasó el verano, ¿había malhechores?

Permalink 07.11.08 @ 11:03:55. Archivado en Correos, Justicia

Decíamos en el número 77 de este sitio: "de momento aún estamos en verano". Hablábamos entonces de la posibilidad de que ciertas personas estuvieran dictando resoluciones administrativas sin poseer potestades. En algún comentario al artículo, hubo queja por no expresar a que nos estábamos refiriendo. Terminábamos diciendo que con suerte podríamos seguir hablando.

Es bueno recordar también el número 71, donde se hacía una exposición de lo que es Correos y Telégrafos, en tanto empresa y como han de otorgarse poderes para actuar en calidad de mercantil o cuando han de suponer la adjudicación de potestades para el ejercicio del derecho administrativo, respecto del personal funcionario.

Pasó el verano y hemos podido comprobar que efectivamente, ciertas personas dictan resoluciones administrativas sin poseer poder del órgano de administración que les otorgue potestad administrativa. Por si fuera poco, otros empleados les sustituyen en su ausencia o firman por orden de aquel que no tiene poder, lo que hace más absurda y prepotente la situación. El redoble surge cuando un tercero, que tampoco tiene poder, revoca una resolución dictada por quien carecía de potestad para hacerlo. ¡Grotesco!

La cuestión, además de resultar de mal gusto, viene a suponer una burla en toda regla al Estado de Derecho.

Es de presumir que estamos ante un delito, se trata de una cuestión de carácter público e interés general a denunciar por todo ciudadano que tenga conocimiento de ello. La ley debe ser cumplida y respetada.

Hasta la fecha, ciertas irregularidades de mucho calado han sido reparadas por la justicia, sin que mediara intervención previa de la autoridad administrativa.

Llama la atención, observar que otros órganos de la Administración en sus relaciones con estos individuos, no reparan en estos detalles, quizás porque no alcanzan a suponer, bajo ningún concepto, que alguien pueda atreverse a hacer tal cosa y, consecuentemente supongan que actúan con plena posesión de poder y legitimación, pasando así de contrastarlo.

No debe pasarse por alto que, tales actos administrativos están causando daños considerables, económicos y morales, a personas con patologías que ven como en ocasiones, se les deniegan licencias por quienes no tienen potestad o se revocan irregularmente otras que habían sido concedidas también de forma irregular. El tema no tiene desperdicio, ha sido puesto en conocimiento del Ministerio de Administraciones Públicas; fue comunicado asimismo en su momento a algún alto responsable de la empresa que llegó a dar por respuesta que no venían obligados a dar información sobre la situación personal del empleado de quién se pedía dijeran si poseía poder para actuar en actos administrativos, en otros casos, todavía no han dado respuesta ¿por qué?, ¿qué impide un actuación inmediata ante una denuncia de esta envergadura?.

Ahora bien, de cualquier manera, con independencia del cese de tales actuaciones y la consecuente modificación de actitud, en pro de la decencia se hace necesario denunciar puntualmente cada caso con nombres y apellidos, exigiéndose la correspondiente indemnización para aquellos que de alguna forma puedan haber resultado dañados, léase enfermos a quienes se le han otorgado, se les vengan otorgando, así como, a quienes se les denegaron licencias de enfermedad; entiéndase también casos en los que se emiten informes de situación administrativa, o que tratan sobre materia de una patología, o que se han visto privados de emolumentos por incumplimientos de aplicación o adecuación en materia de prevención de riesgos laborales; en todos los casos, en los que han mediado Jefes provinciales, sus sustitutos y otros empleados sin tener poder nominativo al efecto, emanado del órgano de administración, como establece la Ley.

Es bueno para todos, eliminar prepotencias, aislar a los malhechores para que en lo posible prevalezca la bonhomía.

Salvo mejor parecer

74. La libertad de expresión de un trabajador de Cepsa, amparada por el Tribunal Consitucional

Permalink 30.07.08 @ 15:50:28. Archivado en Justicia

El Tribunal Constitucional declara NULO el despido de un trabajador por haber realizado un escrito en memoria de cuatro compañeros que murieron en un accidente de trabajo en CEPSA. Se ampara su derecho a la libertad de expresión, reprochándose actitudes que limitan las libertades fundamentales recurriendo a la sanción, incluso con el despido. Dice el Tribunal Constitucional que tales expresiones que se difundieron internamente, también pudieron haberse realizado externamente, encontrando igualmente acomodo en la cobertura del derecho fundamental.

Para el alto Tribunal: "Las organizaciones empresariales no forman mundos separados y estancos del resto de la sociedad, ni la libertad de empresa que establece el artículo 38 del Texto Constitucional legitima que quienes prestan servicios en aquellas, por cuenta y bajo la dependencias de sus titulares, deban soportar despojos transitorios o limitaciones injustificadas de sus derechos fundamentales y libertades públicas, que tienen un valor central en el sistema jurídico constitucional. Las manifestaciones de "feudalismo industrial" repugnan al Estado social y democrático de Derecho y los valores superiores de libertad, justicia e igualdad a través de los cuales ese Estado toma forma y se realiza.

Merecido reconocimiento a Don Sergio Enrique Izquierdo Hernández por su arrojo y tesón, también por su paciencia, por no conformarse con las sentencias en su contra del Juzgado de lo Social, ni del Tribunal Superior de Justicia que consideraron había extralimitado el derecho de expresión

Reproducción del texto, escrito por Don Sergio Enrique Izquierdo Hernández:

“IN MEMORIAM

Por mis cuatro compañeros y amigos, 3 de Cepsa y uno de contrata, que murieron en el accidente de TRANSF3-HIDRO2, en junio del 92. Que murieron quemados como perros defendiendo los intereses de la Empresa, y que murieron así por, entre otras causas, un gran compañerismo laboral, falta de reflejos, y que la soplante de aire al horno estaba espirando a ras de tierra. Me prometí que algún día les haría un sentido homenaje, a pesar del encefalograma plano y bobalicón que está imperando aquí, desde hace mucho tiempo. Queridos amigos, estén donde estén, va por ustedes.

LA EMPRESA RETIRA LA SANCIÓN QUE ME IMPUSO. En noviembre pasado, M. Carvajal me sancionó con 5 días en un expediente disciplinario como falta grave —así no tendría juez interno y me obligaba a ir a la Magistratura— que además contó con el beneplácito del Cté. de Empresa y su sindicato mayoritario. Ahora, tras la finalización del contencioso, ayer en el Palacio de Justicia de S/C de Tfe., he decidido contestar en varias cartas abiertas, a todas las personas, entes sindicales y laborales, que participaron en aquel engendro sancionador.

Hoy creo un poco más en la Democracia Española y sus Leyes. Que la libertad de opinión y la libertad de expresión, sean por siempre, cabecera fundamental de la vida. De puño y letra Sergio Izquierdo Hdez.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos dice: "La libertad de expresión no es sólo la manifestación de pensamientos e ideas, sino que comprende la crítica de la conducta del otro, aun cuando sea desabrida y pueda molestar, inquietar o disgustar a aquél contra quien se dirige, pues, así lo requieren el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura, sin los cuales no existe "sociedad democrática"

Humilde homenaje, aquí una vez más, a los cuatro compañeros de Sergio Enrique, fallecidos en accidente de trabajo, extensible a todos los que cada día pierden la vida trabajando, en la ida y vuelta, como consecuencia de enfermedades profesionales y los que sin perderla, merman la calidad de la misma.

Con independencia de que son muchas las empresas que cumplen con los requisitos legales, sin dudar en absoluto de que así sea y entre las que pueda estar sin duda alguna Cepsa, son necesarias actitudes contundentes de repulsa absoluta y radical hacia quienes descuidan su obligación y deber de velar por la salud y la seguridad laboral, también hacia los que sancionan a quienes hacen uso de sus derechos fundamentales, por el simple hecho de hacer uso de los mismos, aun encima de habérselos vulnerado. Asimismo, de rechazo contra quienes hacen oídos sordos o miran para otro lado.

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