Posiblemente la empresa, este haciendo algunas cosas, un poco turbias en materia de prevención y control de la salud de los empleados de Correos.
Tras la decisión de reincorporación masiva de enfermos temporales, acordada a principios del presente año 2010, sin mediar, a mi entender, la más mínima cordura en el planteamiento de las razones del alta forzosa, se vienen produciendo con mucha asiduidad, situaciones en las que por los Servicios Médicos de Correos, que son realmente el personal sanitario del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales (no otra cosa); decía que, se vienen produciendo citaciones a enfermos de corta duración, algunos de los cuales fueron objeto de la citada alta forzosa, para ser atendidos por médicos externos, que han sido previamente contactados por la empresa y que emiten informes, en el sentido de que no encuentran ningún motivo para continuar en situación de Incapacidad Temporal, proponiendo de nuevo la denegación de licencia.
Es necesaria, la reflexión sobre la legalidad del auto-denominado Tribunal Médico de Correos y Telégrafos, S.A. que, la empresa mercantil ha creado, en base a un acuerdo colectivo, para limar las discrepancias sobre la concesión de licencias, el cual, ha hecho uso, en ocasiones, de documentación recabada por el servicio de prevención, en su tarea de control sobre la salud en materia preventiva, para ser usado en sus decisiones sobre, el asesoramiento para la denegación de licencias por enfermedad de empleados en incapacidad temporal, con baja médica oficial; cuestión de todo punto contraria al ordenamiento jurídico.
Domingo, 27 de mayo
Antonio Cabrera
Vicente Torres
Juan Fernandez Krohn
Manuel Molares do Val
Pedro Fernández Barbadillo
Vicente A. C. M.
Miguel Torres Galera
Carlos Ruiz Miguel
Josep Carles Laínez
Raúl González Zorrilla
Rufino Soriano Tena
José Pómez