Desiguales ante la ley

Permalink 30.11.05 @ 23:40:29. Archivado en Justicia

El mismo día que El Mundo publicó la entrevista con el presidente del Tribunal Supremo y el Consejo General del Poder Judicial, aquélla en la que Francisco José Hernando alertaba de que la aprobación del Estatuto de Cataluña podría dar lugar a que un hecho fuera delito en una comunidad autónoma y no en otra, se iniciaba en la Audiencia Nacional el Proceso 18/98.

Las secuelas de ambas noticias discurrieron en paralelo durante la semana pasada y el comienzo de ésta. Sin embargo, ya ha quedado claro que van a tener recorridos muy distintos. Se pronostica que la vista de la Audiencia Nacional durará entre seis y ocho meses, a lo largo de los cuales los acusados nos obsequiarán sin duda con algún exabrupto o numerito especialmente inspirado que salte de inmediato a los telediarios. En cambio, la polémica de la fragmentación judicial, que parecía que se iba a convertir en la nueva entrega del curso de tiro al Estatut por fascículos que la derecha llevaba semanas impartiendo, ha quedado eclipsada por el papelón de Montilla y la última payasada de los niñatos de ERC, un partido que pasó tanto tiempo en la oposición marginal, ingeniando travesuras y tácticas de guerrilla, que dos años después de acceder al Gobierno sigue dando la impresión de que la responsabilidad le viene grande. Sin embargo, sería una lástima dejar que la advertencia de Hernando se disipara por completo sin ponerla en conexión con el juicio a los abertzales, suspendido ahora hasta el 12 de diciembre. Pocas veces el azar tiene la delicadeza de hacer coincidir cronológicamente dos noticias tan complementarias para facilitarnos la interrelación y el contraste.

El conseller de Justicia de la Generalitat, Josep Maria Vallès, y algunos socialistas de Madrid, replicaron a Hernando que los delitos están tipificados en el Código Penal, que el Estatut remite a la legislación española y que al Supremo se le reserva en todo caso la facultad de unificar doctrina. Pero, obviamente, a lo que se refería el presidente del los magistrados españoles es a la posibilidad de que, existiendo dos instancias jurídicas máximas, "los tribunales de esta segunda comunidad sean más exigentes en la apreciación de los requisitos", lo cual sentaría además jurisprudencias heterogéneas. Dando la vuelta al argumento, habría que deducir que una única instancia asegura la igualdad de todos ante la ley, y que eso compensa la notoria saturación que padece actualmente el Tribunal Supremo y que se solventaría con la descentralización de la justicia. En efecto, Hernando afirma que la misión de éste es "garantizar de modo eficaz, y no a modo de cámara consultiva, la unidad, la coherencia y la armonía del Derecho común", y "preservar la igualdad de los españoles en las condiciones básicas de sus derechos fundamentales".

Sin embargo, cabe recordar que, si estos días se está juzgando a 56 personas por presunta pertenencia a banda armada, es porque un día, dentro de una jurisdicción única y homogénea como ha sido hasta ahora la española, el juez Baltasar Garzón partió de una premisa absolutamente distinta a la que había gobernado el enfoque de sus predecesores en el intento de sentar en el banquillo a Herri Batasuna. Según su planteamiento, las diferentes organizaciones del entorno abertzale ya no eran colectivos de indeseables que compartían los fines de ETA pero no sus métodos criminales, sino partes constitutivas de la banda armada que desplegaban la estrategia terrorista en los frentes que por su propia naturaleza le estaban vedados a ella. Vamos, que casi podría haber sido el Proceso 18/98 el que le hubiera inspirado a Hernando sus recelos a que un tribunal sea "más exigente en la apreciación de los requisitos" que otro. Aunque aquí no haya habido distinciones entre comunidades y nadie más que los afectados haya puesto el grito en el cielo, es innegable que los abertzales que han comparecido estos días en la Audiencia Nacional no han sido "iguales ante la ley" a sus compañeros de la década de los 80.

Con esta observación no pretendo terciar en favor de los acusados, que me merecen escaso respeto moral y absolutamente ninguno intelectual. Tampoco insinuar que se los esté sometiendo a una persecución política, como proclama día tras día el periódico Gara y dio por sentado el Parlamento de Vitoria mostrando su repudio a esa clase de juicios. Mucho menos sugiero, como han hecho Llamazares y algunos dirigentes nacionalistas, que un sumario judicial tenga que andarse con tiento para no interferir en un proceso político de pacificación, caso de que éste se estuviera produciendo. Incluso, no niego que de los comunicados internos de ETA que se manejaron como pruebas para la ilegalización judicial de Batasuna (nada que ver con la Ley de Partidos), la disolución de KAS-EKIN y Xaki y el cierre de Egunkaria, que son en esencia los mismos que se esgrimen para procesar a esta nueva serie de empresas y miembros del entorno abertzale, se pueda inferir una sospechosa vinculación entre las diferentes organizaciones, una estrategia de lucha en varios frentes y unas sinergias económicas que la propia banda bautizó como Proyecto Udaletxe.

Sin embargo, para decidir si el MLNV es una macroestructura dirigida por ETA o, por el contrario, constituye un colectivo independentista en el que sobresalen el mito, el ascendiente y la preponderancia coercitiva de quien tiene las armas; si los documentos incautados muestran que ETA nombraba los puestos clave de las organizaciones afines o evidencian que pretendía ejercer su influencia porque no las controlaba del todo; si el reparto de funciones se debe a una planificación global o a una especialización natural en la que no todas las funciones serían penalmente imputables; si las relaciones económicas entre grupos distintos denotan una verdadera sincronización o una multiplicidad de entidades que colaboran con la causa y son a su vez financiadas porque resultan útiles a la misma; si, en definitiva, todos los miembros de todas las sociedades del entorno abertzale son etarras o si los que militan o trabajan en las no violentas comparten ideas, fines, simpatías y relaciones personales con los terroristas pero no lo son; para quedarse con una opción o con otra en todas estas disyuntivas, hace falta partir de una premisa. Dejando aparte quizás el caso concreto de las herriko tabernas que estuvieran directamente implicadas en el cobro de algún rescate o impuesto revolucionario, en todos los demás es imprescindible hacer una pregunta, formular una hipótesis.

Los datos nunca arrojan por sí solos una conclusión si no se parte de una hipótesis; de hecho, del infinito caudal de los hechos, la mayoría son datos en el seno de una hipótesis y no lo son en el seno de otra; para demostrar esta última no serían contraproducentes (de lo contrario habría que invalidar la hipótesis), pero sí irrelevantes. En el caso del entorno abertzale, si se parte de considerar a los encausados y a las organizaciones a las que pertenecían de manera individual, será difícil vincularlos nítidamente con ETA; si, por el contrario, se los toma como peones de un todo organizado y se pregunta a los documentos incautados si unos y otras forman parte de la banda terrorista, hay pruebas que responderían que sí. Garzón hizo esta segunda pregunta en vez de partir del planteamiento tradicional y por eso "endureció los requisitos" y sentó una jurisprudencia distinta, aun estando sujeto a la misma instancia jurídica suprema que sus antecesores. Juan del Olmo revalidó su enfoque en el sumario de Egunkaria, pero, en cambio, Félix Alfonso Guevara sólo acusó de asociación ilícita a los miembros de Jarrai-Haika-Segi en el juicio de la pasada primavera, aunque parece obvio que, si hubiera compartido las llamadas "tesis de Garzón", habría encontrado pruebas que demostrarían la relación de las juventudes abertzales con ETA de, al menos, la misma solidez que las que se barajan para vincular a la empresa Galdamar con la banda.

En estas circunstancias, la posibilidad de que un mismo hecho sea delito en unos casos y en otros no; la amenaza, por tanto, de que seamos desiguales ante la ley, no depende de que la reforma judicial termine deparando 17 tribunales supremos en España. Afirmar lo contrario equivale a suponer que en la perspectiva de un juez influye más el ser catalán o aragonés que su condición de individuo, su experiencia acumulada y la premisa siempre un tanto unilateral que ambas le dictan y de la que inevitablemente parte. Por mucho que a la Justicia le pinten con una venda en los ojos y los magistrados se invistan de un aura aséptica casi celestial en la que fundamentan toda su autoridad, estas presunciones quedan rebatidas cada vez que, ante cualquier polémica, la Asociación para la Magistratura y Jueces por la Democracia se baten en duelo y los vocales del Consejo General del Poder Judicial se dividen sin falta en una proporción de tres a dos a favor de la mayoría conservadora. Lo hicieron en el informe sobre la Ley Integral sobre la Violencia de Género y en el que desautorizó el matrimonio homosexual, y sin duda volverán a hacerlo en su toma de posición respecto al Estatuto de Cataluña. Hernando reclama en El Mundo el derecho del CGPJ a intervenir en defensa del actual ordenamiento jurídico, que no se puede reformar por la voluntad de "mayorías coyunturales", pero igual de coyuntural es la relación de fuerzas que existe en su seno, por más que el PP y algunos medios de comunicación apelen con frecuencia a los dictámentes de este "órgano imparcial" para censurar las iniciativas del Gobierno.

No obstante, da igual que los miembros del CGPJ adolezcan o no de seguidismo hacia los partidos a cuya propuesta fueron elegidos y que la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1985 le otorgara o no el perfil político del que se queja Hernando en la entrevista de Victoria Prego. De hecho, el error está en que Francisco José Hernando atribuya a las injerencias políticas el sesgo de las sentencias judiciales, cuando en realidad se debe al subjetivismo ideológico y vivencial propio del individuo y a la decisiva influencia que en todo conocimiento o razonamiento tienen el paradigma o la premisa que configuran la percepción del sujeto. Naturalmente, Hernando no podría jamás tener esto en cuenta, dado que, a pesar de que el Derecho es una convención y un hecho lingüístico que forzosamente hay que descodificar e interpretar, para admitir su autoridad necesitamos imaginárnoslo como una ciencia exacta en la que los magistrados pueden aplicar literalmente la ley. Ellos, por su parte, se encargan de alimentar el mito presumiendo de que se limitan a hacer eso y encumbrando esa quimérica asepsia como el arquetipo del buen ejercicio de la profesión.

Claro, que se da la paradoja de que, si dicho ideal fuera posible, la solución óptima sería sin duda prescindir del estamento jurídico, pedirle a Bill Gates que diseñara el programa Microsoft Juez e introducir en él toda la normativa española. Con esa magna base de datos se contrastarían las particularidades de cada sumario y, a partir de ahí, todo sería dejar que el ordenador hiciera números. A tal delito, tal pena. Más agravantes, menos atenuantes, igual a. El Ministerio de Justicia encargaría las correspondientes actualizaciones tras cada reforma legislativa aprobada por las Cortes. Uno punto cero, dos punto cero… La inapelable frialdad de la e-Justicia desterraría para siempre las interpretaciones, las broncas en el CGPJ, a los magistrados politizados o prisioneros de sus prejuicios morales. Qué felicidad. Para hacernos una idea de hasta dónde se sentirían la armonía y el consenso, baste indicar que, aunque para entonces las nuevas tecnologías hayan hecho innecesario buscar fórmulas descentralizadoras que alivien de trabajo al Supremo, nadie pondría ninguna pega a que se transfirieran las competencias de Justicia. Al fin y al cabo, la lógica informática no contempla la noción de jurisprudencia y, por mucho que hubiera un órgano judicial máximo en cada comunidad autónoma, todos seríamos, entonces sí, iguales ante la ley.

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