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Si bebes, no asesines

Permalink 10.11.09 @ 22:39:42. Archivado en La vida misma

Propone una subcomisión del Congreso que actuar bajo los efectos del alcohol o de las drogas sea considerado una circunstancia agravante en los casos de lo que ahora se llama violencia de género. Curiosamente, por aquellos azares de la legislación penal, incomprensibles para el común de los mortales, resulta que esa misma circunstancia es hoy por hoy atenuante en nuestro Código. Efectos del progresismo rampante que luego, cuando gobierna, la derecha no es capaz de desincrustar de la legislación. Se trata de incidir de forma totalmente desproporcionada en las garantías del delincuente, que según esa teoría penalista, al no ser responsable de sus actos por efectos de cualquier sustancia, no debe responder de ellos. Algo así como una enajenación mental transitoria, vamos.

En todo caso, reconocerán que cada una de las posibilidades, aisladamente considerada, ya resulta absurda: ¿por qué el hecho de haberse atiborrado de whisky antes de matar a alguien ha de revertir en beneficio del asesino reduciendo su pena? O bien, ¿por qué la circunstancia de haberse puesto ciego de heroína ha de hacer más grave un asesinato?

Pero es que si juntamos ambas en un mismo ordenamiento jurídico el resultado ya es de traca: según en qué delitos, ir bebido o drogado puede ser circunstancia atenuante o agravante. Entremos sin rubor en el terreno de la simplificación y si me apuran de la demagogia, en la caricatura que sin embargo en este caso es terriblemente real: si el marido mata a la esposa bajo los efectos del alcohol verá su pena agravada. Si por el contrario es ella la que le mata a él bajo los mismos influjos, la ingesta alcohólica le servirá de atenuante. Sí, lo sé: no es nuevo. Es sólo una vuelta de tuerca más al disparate de castigar de forma diferente dos crímenes idénticos, en función de que víctima y asesino sean hombres o mujeres.

No voy a extenderme en el despropósito que supone, desde un punto de vista jurídico, semejante diferencia de trato para delitos idénticos. Antes y después de la vuelta de tuerca. Me interesa más elevarlo a la categoría: estamos en manos de unos gobernantes, de una clase política que ha decidido prescindir por completo de cualquier clase de principio estable en aras de la improvisación legislativa. Conceptos en otros tiempos sagrados como la seguridad jurídica o la igualdad han quedado arrumbados en el baúl de los recuerdos. La legislación ya no tiene límites ni referencias: cada gobierno puede decidir, en función de la alarma social, la presión de las encuestas, la ideología dominante o las urgencias electorales, que las leyes dejen de ser iguales para todos y que convivan en artículos contiguos disposiciones absolutamente contradictorias. El fin justifica los medios, si éstos vienen avalados por un número de votos suficiente.

Siempre he defendido que no es precisa una legislación penal específica para la violencia de género: un asesinato es un asesinato, lo cometa quien lo cometa y lo padezca quien lo padezca. Dado el carácter eminentemente pasional (por usar la terminología antigua) de estos casos, no creo que la superior dureza de la legislación arredre al marido violento. Hay que arbitrar, eso sí, muchos medios preventivos y de protección, policiales, de acogimiento, acelerar trámites, agilizar respuestas y garantizar alejamientos. Pero este tipo de chapuzas jurídicas sólo tienen un efecto práctico: que poco a poco vayamos abandonando el respeto por lo que eran principios sagrados del derecho penal, y admitiendo que absolutamente todo es disponible por el legislador de turno. Eso sí es realmente peligroso.

Dicen que la distancia es el olvido

Permalink 10.11.09 @ 22:37:23. Archivado en La vida misma

Me vino a la memoria esta frase del famoso bolero cuando leí que un analista político relacionaba la distancia a la que se instruyen los sumarios con la dureza de las medidas procesales preventivas que se adoptan. El tema era el siguiente: un juez de instrucción de Barcelona ve el caso Millet, con desviaciones millonarias de fondos y confesiones públicas del inculpado a toda plana en los principales diarios catalanes, y le deja en libertad con cargos, pero sin fianza. Por el contrario, un juez de la Audiencia Nacional instruye el llamado caso Pretoria, también con millones de euros en juego, y también en Barcelona, y ordena la prisión incondicional de varios de los implicados y su traslado a Madrid esposados.

Bien vista la comparación. De ella se infería toda una tesis sobre la conveniencia o no de la proximidad en la toma de decisiones, en este caso judiciales, pero también las políticas. La diferencia de trato es evidente. Sin descartar el “factor Garzón” (que me abstendré de describir aquí, no sea que el infatigable magistrado me procese), parece defendible una teoría que defienda que en un país pequeño como Cataluña, en el que todos nos conocemos, la posibilidad que tiene un juez de primera instancia para actuar de forma contundente contra uno de los “prohombres de la patria” es más limitada que la que disfruta un magistrado que se mueve a 600 kilómetros de distancia. De ahí a discutir sobre el objetivo último de las campañas políticas (y de las previsiones estatutarias) destinadas a conseguir un poder judicial catalán, y una última instancia catalana, va un paso. Un paso importante, y un debate interesante.

Interesante sobre todo porque puede extrapolarse a otras cuestiones. Antes, por ejemplo, se decía que a los inspectores de Hacienda se les enviaba siempre desde provincias lejanas, y que nunca se les permitía arraigar demasiado en un destino, para evitar así la creación de vínculos o amistades digamos peligrosas. La carne es débil, ya saben. Ya lo sé, es injusto suponer la venalidad de todo funcionario, y tratarlos como seres siempre susceptibles de cohecho. Pero es que a veces no es preciso llegar a la figura delictiva: basta la predisposición favorable, el conocimiento amistoso, la relación íntima, la proximidad vecinal.

Qué decir entonces de las áreas de urbanismo en las administraciones públicas. ¿Es sensato poner todo el énfasis en la proximidad como factor de decisión que permite un mejor conocimiento del terreno (nunca mejor dicho)? ¿O quizá sería mejor centralizar ese tipo de decisiones en un número más reducido de personas, más controlables por ser menos, y más fiables por hallarse a mayor distancia, geográfica y sentimental, del lugar en el que se adoptan las decisiones? Dicho de otra forma: la loable proximidad en la toma de decisiones ¿no se ve amenazada por el hecho de que en cualquier pequeña o no tan pequeña población el responsable último de recalificaciones y planificaciones urbanísticas sea ese vecino con tanto arraigo en la villa y tan conocido, con tantos familiares en la comarca y tantos compromisos?

La distancia como factor higiénico en la toma de decisiones políticas, administrativas o judiciales. Ya ven: el mundo al revés. De pronto, parece que todo lo que durante las últimas décadas se nos ha vendido no ya como bueno, sino como indiscutible (la proximidad en la toma de decisiones y la descentralización como elementos definitivos para justificar el creciente poder de las administraciones periféricas), se tambalea ante la evidencia de que esa proximidad puede coartar muy probablemente la libertad de quienes tiene que decidir. Nunca es tarde para replanteárselo todo. Absolutamente todo.

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