Una normativa eficaz para la publicidad de bebidas alcohólicas

(PD).- La Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) de España pide una regulación más firme de la publicidad de bebidas alcohólicas, que convierta en norma legal de aplicación obligada por todos los productos y marcas muchas de las restricciones que hoy son voluntarias. Especialmente en atención al grave problema que supone el consumo temprano y abusivo de alcohol por parte de menores y adolescentes.

A esta medida debería añadirse una menor presión promocional hacia los menores y adolescentes por parte de las cervezas, que deberían identificar claramente la naturaleza publicitaria de sus mensajes y, en el caso de productos alcohólicos, no recurrir a argumentos de salud y nutricionales aprovechando de forma confusa las ventajas que les aporta contar con productos alcohólicos, Light y combinados.

La Asociación critica especialmente el caso de la cerveza por su elevada presión promocional en televisión, muy orientada a los jóvenes; por incumplir la normativa en algunas de sus acciones publicitarias, y por buscar un posicionamiento como “bebida refrescante y alimenticia”, minimizando su carácter alcohólico y aprovechando cierta confusión entre versiones clásicas, mixers, sin, 0,0, light o sus combinaciones.

Las conclusiones de la AUC se sustentan en los datos de un estudio hecho a lo largo de este años obre la publicidad de bebidas alcohólicas, en el que se ha analizado tanto el contenido de esa publicidad como su adecuación al marco normativo legal y deontológico.

Del estudio se deduce que, en términos generales, se produce un cumplimiento satisfactorio del marco legal de la publicidad de bebidas alcohólicas, si bien con algunos puntos negros, como la publicidad en los recintos deportivos, a pesar de ser lugares en los que por ley está prohibida la venta y consumo de bebidas alcohólicas; y la publicidad exterior en vallas, fachadas, etc., a pesar de que en la mayoría de las comunidades autónomas está prohibido el consumo de alcohol en la vía pública.

El análisis de la AUC pone de relieve también que los códigos deontológicos y acuerdos de buenas prácticas vigentes son claramente insuficientes como alternativa al actual vacío legal, porque ni afectan a todo tipo de bebidas (el vino no cuenta con ningún sistema de autorregulación), ni son suscritos por todas las marcas o soportes allí donde existen (cerveza, destilados, diarios), ni son cumplidos de forma sistemática por sus firmantes.

Según los resultados del estudio:

De 4.800 anuncios de diarios y revistas analizados en el periodo enero-mayo de 2008, 3.356 no incluyen indicación de graduación alcohólica. Esta ausencia se observa sobre todo en la publicidad de vinos, pero también en la de cervezas y en la de bebidas destiladas, a pesar de que estas últimas están obligadas por su código deontológico.

3.060 anuncios no incluyen ninguna recomendación de consumo moderado. También en este caso la ausencia se registra sobre todo en la publicidad de vinos, pero también se encuentra de modo significativo en la de cervezas y algo en la de bebidas destiladas, a pesar de que ambas están obligadas por sus respectivos códigos deontológicos.

651 anuncios en diarios y revistas relacionan el consumo de alcohol con el éxito profesional, social, o sexual, algo que prohibía la Ley para la publicidad televisiva y prohíben para otros medios los códigos deontológicos de cervezas y bebidas espirituosas y el convenio de los editores de diarios.

192 inserciones de bebidas alcohólicas aparecen en portadas y contraportadas, especialmente de bebidas destiladas, pero también de vino y de cerveza.

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