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Las viñetas fantasma o el desconocimiento de los abogados de El Mundo sobre qué es un 'link'

25.06.06 | 09:40. Archivado en fotoperiodismo, prensa
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Otro de los enfoques jurídicos de la demanda de El Mundo contra PERIODISTA DIGITAL iba encaminado a la supuesta reproducción de las viñetas de sus principales humoristas gráficos. De esta manera trataban de justificar parte de los 3 millones de euros de indemnización que exigían por daños morales alegando derechos de autor de sus humoristas.

Pues bien, la sentencia no sólo deja claro que PERIODISTA DIGITAL no reprodujo nunca ninguna viñeta, sino que en su revista de prensa incluía el nombre los humoristas gráficos de El Mundo y resto de diarios españoles e internacionales de manera que al pinchar sobre ellos el lector era llevado a la fuente original produciendo así un reenvío de lectores y visitas de los que se beneficiaba El Mundo.

Cosa que por cierto admiten, bajo la dirección letrada de Cristina Peña, los propios abogados --en este caso el hijo de la anteriormente citada-- de El Mundo demostrando así su ignorancia sobre cómo funciona Internet y en concreto los enlaces (links).

“Se alega que la demandada [PERIODISTA DIGITAL] ha incluído asimismo en su página web las viñetas humorísticas que publica elmundo.es y se aporta en apoyo de tal afirmación el contenido de las páginas de inicio de periodistadigital.com en las que simplemente se enuncia o hace referencia a tales viñetas sin que éstas aparezcan publicadas. Por su parte, la demandada [PERIODISTA DIGITAL] aduce que mediante esa mera referencia a las viñetas en la página de inicio [de PERIODISTA DIGITAL] lo único que efectúa es un “redireccionamiento” del usuario a la página de El Mundo”.

Y el juez aprovecha para criticar los conocimientos informáticos y sobre la Red de los abogados de El Mundo:

“Fue la propia demandante [El Mundo] quien en el curso de las múltiples actas notariales levantadas a su instancia [la demanda incluía cinco archivadores con varios miles de folios] se abstuvo sistemáticamente de solicitar del Notario la comprobación de una circunstancia tan simple como la de la posibilidad o imposibilidad de acceder a las viñetas desde la página de inicio en la que aparecían simplemente anunciadas, lo que hubiera resultado extremadamente sencillo mediante una simple operación de accionamiento o clic en la reseña.”

ENLACES RELACIONADOS

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-- El Mundo asegura que Periodista Digital le causó daños morales y el juez lo desmiente porque "realzaron su imagen"

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